Las empresas públicas de CyL incumplen la obligación de comunicar los contratos a Hacienda y al Consejo de Cuentas

El Consejo de Cuentas de Castilla y León ha observado que las cuatro empresas públicas de Castilla y León (Provilsa, Somacyl, Ade Parques y Ade Financiación) no cumplen con la obligación de comunicar los contratos tanto a éste órgano como al Ministerio de Hacienda, según lo establecido.

El Consejo de Cuentas de Castilla y León ha observado que las cuatro empresas públicas de Castilla y León (Provilsa, Somacyl, Ade Parques y Ade Financiación) no cumplen con la obligación de comunicar los contratos tanto a éste órgano como al Ministerio de Hacienda, según lo establecido.

Así se desprende de cuatro informes que ha entregado el Consejo en las Cortes relativos a la 'Fiscalización de la Contratación de las Empresas Públicas de Castilla y León en 2010 y 2011'.

El objetivo de los informes es la realización de una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual de las empresas públicas de la Comunidad en los ejercicios 2010 y 2011, han informado a Europa Press fuentes del Consejo.

Teniendo en cuenta la información facilitada por las empresas y los datos suministrados por el registro del Ministerio de Hacienda, el número de contratos adjudicados en 2010 y 2011 ascendió a 282 con un importe total de 265,9 millones de euros.

Sobre esta población se ha seleccionado una muestra de 59 contratos por un importe adjudicado de 129 millones de euros, un 48 por ciento del importe total.

Así, en cuanto a la contratación de Provilsa, se han analizado siete contratos que suman un importe adjudicado de 58,1 millones de euros y, en función de su examen, conforme a la LCSP, el Consejo de Cuentas opina que cumple "razonablemente" con la legalidad, excepto por las limitaciones y salvedades que detalla el informe.

Las limitaciones se refieren, por un lado, a no haber podido determinar la integridad de la documentación presentada ni la fecha de presentación, al no constar en la empresa la existencia de un sistema que acredite la presentación de la documentación por los licitadores; y por otra parte, al no quedar constancia en el perfil del contratante del momento de la publicación, no se ha podido comprobar el cumplimiento de los plazos legalmente establecidos.

Las salvedades, que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos, consisten en que en las actuaciones preparatorias de los contratos no se establecen los criterios mínimos de solvencia ni se detallan los criterios de valoración de las ofertas presentadas en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos o no suficientemente motivados. Además, en ninguna de las notificaciones realizadas se establece la posibilidad de interponer el recurso correspondiente.

No remitió documentación

En relación a otros aspectos reflejados en las conclusiones, la empresa no remitió al Consejo la documentación de ninguno de los 73 contratos que legalmente estaba obligada a comunicar, por importe total de 159,7 millones de euros. Tampoco remitió al registro del Ministerio de Hacienda la información de 202 sobre un total de 209 contratos, por cuantía de 171,9 millones.

Además, según el Consejo, los importes establecidos para cumplir las exigencias derivadas del principio de publicidad, con la inserción de la información relativa a la licitación en el perfil del contratante, son superiores a lo establecido para todos los contratos en la LCSP.

Por lo que se refiere a Somacyl, la muestra analizada ha sido de 15 contratos que representan un importe total adjudicado de 63,3 millones de euros.

Conforme a la LCSP, el Consejo de Cuentas opina que la empresa cumple razonablemente con la legalidad, excepto por las salvedades que detalla el informe, que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos.

Estas consisten, en primer lugar, en que en las actuaciones preparatorias de los contratos no se establecen los criterios mínimos de solvencia ni se detallan los criterios de valoración de las ofertas presentadas en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos o no suficientemente motivados.

Además, con carácter general en las notificaciones realizadas no se establece la posibilidad de interponer el recurso correspondiente, ha apuntado el Consejo, que, en relación a otros aspectos reflejados en las conclusiones, indica que la empresa no le remitió la documentación de ninguno de los 16 contratos que legalmente estaba obligada a comunicar, por importe total de 71 millones de euros.

Tampoco remitió al registro del Ministerio de Hacienda la información de ninguno de los 45 contratos por cuantía de 74,4 millones.

En cuanto a las instrucciones internas, no hay constancia de su aprobación por ningún órgano de la empresa, ni de la fecha de su aprobación, ni de la entrada en vigor de estas normas. Su contenido puede dar lugar a que, en determinados expedientes, de importe inferior a 50.000 euros, no se establezcan las condiciones del contrato, de la adjudicación o de la negociación.

Además, los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento negociado y del procedimiento simplificado, en suministros y servicios, superan las cantidades fijadas por ley.

Informe de ade parques

Por su parte, en el caso de ADE Parques, la muestra analizada ha sido de 13 contratos que representan un importe total adjudicado de 7,4 millones de euros.

En función de los expedientes examinados, conforme a la LCSP, el Consejo de Cuentas opina que la empresa ADE Parques cumple "razonablemente" con la legalidad, excepto por las limitaciones y salvedades que detalla.

Las limitaciones se refieren a no haber podido determinar la integridad de la documentación presentada ni la fecha de presentación, al no constar en la empresa la existencia de un sistema que acredite la presentación de la documentación por los licitadores y, por otra parte, al no quedar constancia en el perfil del contratante del momento de la publicación, no se ha podido comprobar el cumplimiento de los plazos legalmente establecidos.

Las salvedades, que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos, consisten en que no se establecen los criterios mínimos de solvencia ni se detallan los criterios de valoración de las ofertas presentadas en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos o no suficientemente motivados.

Además, con carácter general, en las modificaciones realizadas no se establece la posibilidad de interponer el recurso correspondiente.

En cuanto a la obligación de comunicación, la empresa no remitió al Consejo la documentación de ninguno de los tres contratos que legalmente estaba obligada a comunicar, por importe total de 6,8 millones de euros. Tampoco ha remitido al registro del Ministerio de Hacienda la información de 13 de 14 contratos, por cuantía de 7,4 millones.

Por lo que se refiere a las instrucciones internas, se ha observado que los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento negociado, con y sin publicidad, y del procedimiento simplificado, en suministros y servicios, superan las cantidades establecidas legalmente.

Finalmente, en cuanto a la contratación de ADE Financiación —con una muestra analizada de 14 contratos por importe de casi 198.000 euros— el Consejo opina que cumple razonablemente con la legalidad, excepto por dos salvedades que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos.

Por una parte, no se elaboró un pliego de condiciones en el único contrato de cuantía superior a 50.000 euros, en el que se estableciesen las características de la contratación.

Por otro lado, en el examen del fraccionamiento del gasto existe coincidencia en el objeto de la contratación en cinco de los trece contratos menores examinados, superando el importe conjunto el límite establecido en las instrucciones internas.

Además, la empresa no remitió ninguna información al Registro de Contratos, cuando debería haber comunicado un contrato de servicios por importe de 61.687 euros.

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