ACAI aplaude la sentencia del TSJA que impide a los médicos objetar de informar a las mujeres que quieren abortar

La Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) ha considerado "lógica y muy positiva" el fallo revelado este pasado jueves por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que impide ahora a los médicos en su consulta objetar de informar a las mujeres que quieran iniciar un proceso abortivo.

La Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) ha considerado "lógica y muy positiva" el fallo revelado este pasado jueves por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que impide ahora a los médicos en su consulta objetar de informar a las mujeres que quieran iniciar un proceso abortivo.

En una nota, ACAI ha admitido que la sentencia reconoce el derecho de conciencia, pero también ampara el derecho de la mujer a ser informada, asegurando igualmente su acceso a la prestación.

Esta asociación ha señalado que "siempre ha advertido de la conveniencia de regular la objeción de conciencia de los sanitarios", al objeto de "superar la inercia que se ha venido manteniendo y fomentando desde la sanidad pública, y que pasa por propiciar que un derecho individual e intransferible se convirtiera en colectivo en numerosos centros sanitarios". En algunos de estos casos, prosigue ACAI, "por decisión exclusiva de los jefes de Servicio, llegando a objetar equipos completos de ginecología y obstetricia".

Para esta entidad, dicha circunstancia supone una "anomalía legal que vulnera uno de los más elementales derechos individuales, como es la libertad de conciencia". Por ello, ha reiterado que se hace "completamente necesaria esta regulación".

Ha señalado que la objeción debe realizarse por escrito y ser individual, "nunca colectiva", y que debe garantizar a las mujeres afectadas por esa objeción "una alternativa viable, acorde con su decisión". En este sentido, ACAI ha señalado que si bien la objeción médica de los profesionales a la realización del aborto viene recogida por la ley, "ésta no ha sido desarrollada por una regulación específica".

"Circunstancia que propicia que los jueces establezcan disposiciones opuestas en relación a la objeción de conciencia de los profesionales médicos", han lamentado. Por todo ello, piden que se cumpla el propio mandato de la ley "que establece que la objeción de conciencia será articulada en un desarrollo futuro de la Ley".

De este modo, entienden que se reducirá la inseguridad jurídica y sanitaria que esta circunstancia pudiera suponer "tanto para los profesionales como para las mujeres que acceden al recurso de IVE".

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