Condenado a 42 años y medio de prisión el acusado del crimen de los mellizos de A Coruña

La Audiencia cree que el acusado es autor de dos delitos de asesinato y la madre de dos delitos de homicidio por imprudencia, además de malos tratos

El acusado del crimen de los dos mellizos fallecidos en A Coruña en agosto de 2011, Javier Estrada Fernández, ha sido condenado a 42 años y medio de prisión por dos delitos de asesinato y dos de maltrato familiar, así como por ser coautor de dos delitos de malos tratos habituales y tres delitos de maltrato familiar.

Así lo recoge la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de A Coruña a la que ha tenido acceso Europa Press, y en la que también se establece para la madre de los mellizos una pena de 11 años y siete meses de prisión. A ella se le imputan dos delitos de homicidio imprudente y cuatro delitos de maltrato familiar, al tiempo que se declara coautora de dos delitos de malos tratos habituales y tres delitos de maltrato familiar.

El fallo considera probado que la convivencia de los menores con su madre fue "difícil desde su inicio", tanto por la "pasividad" de María del Mar Longueira en algunas ocasiones como por su actitud "agresiva" en otras. Así, mientras ésta convivía con su otro hijo y con la abuela de los menores —uno de los cuales tenía una minusvalía del 52 por ciento—, la Audiencia recoge que se producían "frecuentes golpes", gritos y descalificaciones hacia los pequeños.

Esta situación se mantuvo hasta 2010, cuando la madre de los mellizos inició una relación sentimental con el acusado del asesinato, Javier Estrada, con quien comenzó además la convivencia. "El comportamiento violento de la procesada con sus hijos no sólo continuó, sino que se exacerbó por la presencia del acusado", recoge el fallo, que precisa además que Javier Estrada no "aceptaba" a los pequeños y mantenía hacia ellos "una actitud absolutamente agresiva".

Entre los comportamientos de Javier Estrada con los niños que la Audiencia provincial considera probados están gritos, empujones, bofetadas, insultos, tirones de orejas e, incluso, el hecho de que llegase en una ocasión a dejar sólo a uno de los menores en la calle. Asimismo, la madre y su pareja plantearon la posibilidad de internar a los niños en un centro público institucional.

Al mismo tiempo, el tribunal asegura que todas estas actuaciones violentas de Javier Estrada hacia los niños fueron "contempladas, conocidas y aceptadas" por la madre, que también mantenía una relación violenta con los pequeños.

ASESINATO

Tal y como recoge el fallo, la noche del 20 al 21 de agosto de 2011 se produjo una discusión entre los procesados, tras lo que Javier Estrada quedó "molesto y enfadado". A pesar de que la madre de los niños "era consciente de la conducta violenta" del procesado hacia los mellizos, ésta los dejó a su cuidado en la mañana del 21 de agosto, lo que implicaba un "riesgo evidente" de daño hacia ellos.

Hacia el mediodía, el condenado mantuvo una discusión con los niños, tras la cual los golpeó, primero con dos estantes de madera de un armario, que se rompieron durante la agresión, y luego con la parte metálica de un sillín de bicicleta, "con la conciencia y la voluntad de acabar con la vida de los dos niños".

Durante la hora siguiente, el procesado comenzó a limpiar los restos de sangre, se duchó y "preparó sus objetos personales con la intención de huir, si bien finalmente optó por no hacerlo" y llamó a la Policía para confesar el crimen.

Como información adicional, el fallo considera probado que la madre de los niños "fue advertida en múltiples ocasiones" de la "peligrosidad del acusado" y del "trato violento" que dispensaba a los pequeños, llegando incluso a recomendarle que "no dejase a los niños al cuidado de Javier Estrada".

En cuanto a los desórdenes psíquicos, los informes establecen que Javier Estrada tiene "capacidad intelectual límite" y "presenta un trastorno de personalidad de tipo evitativo, con rasgos esquizoides, depresivos, límite y paranoide", aunque "ninguna de las dos circunstancias de impide comprender la ilicitud" de los actos que se le atribuyen. María del Mar Longueira, por su parte, presenta un trastorno mixto de la personalidad, con rasgos histriónicos y dependientes, y tiene "conservada su capacidad de entender y actuar", indica la Audiencia, que destaca su "frialdad emocional".

Delitos de asesinato

La Audiencia Provincial condena a Javier Estrada a 18 años de prisión por cada uno de los dos delitos de asesinato, dado que él mismo reconoció en todo momento que golpeó a los pequeños hasta matarlos. En este sentido, el tribunal considera que hubo "ánimo de matar", dados los repetidos golpes, que se concentran especialmente en la cabeza —10 impactos en el caso de uno de los mellizos y siete en el otro—. Teniendo en cuenta "los medios utilizados", aprecia además la concurrencia de alevosía.

Aunque admite la atenuante de confesión, la Audiencia rechaza que, como alegaba la defensa, el condenado presentase una anomalía psíquica que le impidiese darse cuenta de sus actos. En concreto, el fallo afirma que "ninguna de las circunstancias" diagnosticadas al procesado "le impedían comprender la ilicitud de sus actos" ni afectaban "a sus capacidades volitivas" y que, por lo tanto, es capaz de distinguir entre el bien y el mal.

En el caso de la madre de los niños, el tribunal le atribuye dos delitos de homicidio imprudente, dado que "incumplió" su deber de garantizar la seguridad de los niños al dejarlos al cuidado de su pareja, del que sabía que tenía una "conducta violenta" con los niños y que los maltrataba de "manera reiterada".

Malos tratos

El fallo impone a los acusados dos delitos de malos tratos habituales, nueve delitos de malos tratos en el ámbito familiar y otros nueve delitos de malos tratos argumentados en distintos artículos del código penal.

Los niños, redacta el fallo, "no estaban debidamente atendidos por la madre", que mantenía "una actitud violenta" con ellos, así como de "dejadez".

Varios testigos acreditaron ante el tribunal numerosos episodios de malos tratos concretos de los dos acusados, de los que fueron informados los servicios sociales.

Al mismo tiempo, se hace hincapié no sólo en las situaciones concretas de violencia que vivieron los mellizos, sino en que los niños "vivían en una situación de violencia permanente" en su hogar.

SENTENCIA

Por todo ello, la Audiencia ha condenado Javier Estrada Fernández, a 18 años de prisión por cada uno de los delitos de asesinato y a 11 meses de prisión por cada uno de los dos delitos de maltrato familiar. Asimismo, no podrá portar armas durante seis años.

La madre de los niños, por su parte, ha sido condenada a dos años de prisión por cada uno de los delitos de homicidio imprudente y a 3 años de prisión por cuatro delitos de maltrato familiar. No podrá portar armas durante dos años.

Finalmente, el tribunal condena a ambos acusados como coautores de dos delitos de malos tratos habituales —con dos años de pena de prisión por cada delito— y tres delitos de maltrato familiar —con penas de siete meses de prisión por cada uno de los delitos—.

Ambos acusados satisfarán las costas del juicio a la mitad. Asimismo, deberán indemnizar con 60.000 euros a la abuela de los niños y con otros 60.000 a su hermano, una cantidad que deberá ser abonada en el 60 por ciento por Javier Estrada y en el 40 por ciento por la madre de los mellizos.

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