La Audiencia ordena repetir un juicio de faltas por instruir la causa el mismo juez que sentenció

La Audiencia Provincial de Granada ha ordenado la repetición de un juicio de faltas y la anulación de la sentencia que impuso una multa a un hombre acusado de agredir a otro en un centro comercial de Granada capital por instruir la causa contra él el mismo magistrado que juzgó y dictó sentencia sobre lo ocurrido, el titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Granada.

La Audiencia Provincial de Granada ha ordenado la repetición de un juicio de faltas y la anulación de la sentencia que impuso una multa a un hombre acusado de agredir a otro en un centro comercial de Granada capital por instruir la causa contra él el mismo magistrado que juzgó y dictó sentencia sobre lo ocurrido, el titular del Juzgado de Instrucción número 8 de Granada.

Así, el tribunal ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del inculpado, el letrado Jorge Luis Sánchez Medina, que solicitó la nulidad del proceso en base a la vulneración del derecho fundamental de su cliente a ser juzgado por un juez imparcial.

En la resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala considera que la nulidad que invoca "encuentra su amparo en la causa de abstención y/o recusación de jueces y magistrados" que contempla la Ley Orgánica del Poder Judicial.

"Presumiendo que el juzgador no consideró que su imparcialidad quedaba resentida por haber dirigido la instrucción del proceso con anterioridad a la celebración del juicio, estima esta Sala no obstante que con su decisión de celebrarlo y sentenciar el proceso vulneró el derecho del acusado a un juez imparcial al hallarse incurso en la causa legal de abstención", indican los magistrados.

Por todo, la Audiencia declara la nulidad de la sentencia y del juicio oral que la precedió y ordena reponer las actuaciones al momento "inmediatamente anterior" para que la vista vuelva a celebrarse "por el magistrado-juez que le corresponda, distinto a aquel que intervino en la fase de instrucción del proceso".

En la sentencia ahora anulada, el Juzgado de Instrucción 8 condenó a una multa de 90 euros a P.A.A.G., de 51 años por agredir en un centro comercial de Granada capital a un hombre, al que le obligaba el juez a pagarle una indemnización de 470 euros. El inculpado padece una esquizofrenia residual con trastornos que le hacen tener la percepción de actuar como el dictador Francisco Franco.

Los hechos se remontan al pasado 10 de marzo, cuando, sobre las 15,30 horas, el acusado presuntamente se abalanzó sobre otro hombre arrebatándole las gafas y tirándoselas al suelo mientras gritaba "fuera, fuera". El incidente, según la documentación a la que ha tenido acceso Europa Press, provocó que los vigilantes de seguridad del centro comercial, el Alcampo, intervinieran y avisaran de lo sucedido a la Policía Nacional.

El presunto agresor declaró ante el juez unos días más tarde, el 28 de marzo, ante el que afirmó que padece esquizofrenia y que no recuerda qué sucedió en el centro comercial. Según aseguró en sede judicial, sólo que se cayó de su bicicleta cuando iba a unas clases de taichi y que se hizo una herida en la cabeza, lo que le dejó "ofuscado".

Según los médicos forenses que le han analizado, el acusado presenta un trastorno esquizotípico de la personalidad, problemas sociales "múltiples", y un 68 por ciento de minusvalía reconocida por los Servicios Sociales.

Además, estuvo que en tratamiento en el hospital de día de salud mental del Virgen de las Nieves durante dos años, desde 1997 a 1999. Es huérfano, y tiene nueve hermanos, estudió Arte Dramático en Madrid y lleva una vida "bohemia", pasando las horas leyendo y estudiando en la biblioteca municipal.

Según los facultativos que lo han atendido, tal y como consta en sus informes, tiene "tendencia a vivir en un mundo imaginario", y tiene falta de "proyectos vitales realistas y adecuados a su situación personal, social y psicopatológica".

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