El Supremo anula ocho designaciones libres de puestos en el Principado

El Conceyu por Otra Función Pública ha dado a conocer este viernes una nueva sentencia del Tribunal Supremo, fechada el 17 de octubre de 2012 y notificada esta semana, en la que se anulan un total de ocho nombramientos para puestos de la Administración por el procedimiento de libre designación.

El Conceyu por Otra Función Pública ha dado a conocer este viernes una nueva sentencia del Tribunal Supremo, fechada el 17 de octubre de 2012 y notificada esta semana, en la que se anulan un total de ocho nombramientos para puestos de la Administración por el procedimiento de libre designación.

Según ha informado el Conceyu, a través de una nota de prensa, la sentencia desestima el recurso de casación del Gobierno asturiano y confirma otra anterior del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) de 29 de octubre de 2010, en la que se estimaba el recurso interpuesto por tres miembros del Conceyu por Otra Función Pública n*Asturies contra la relación de puestos de trabajo aprobada por el Consejo de Gobierno el 18 de marzo de 2009.

La anulación afecta a los siguientes puestos de trabajo: tres de Coordinador Técnico adscritos al Servicio de Salud del Principado de Asturias; el de Coordinador de Apoyo Jurídico adscrito a la Agencia Asturiana de Cooperación y Desarrollo; el de Jefe de Servicio de Gestión y Evaluación; el de Coordinador de Infancia, Familia y Adolescencia; el de Coordinador de Planificación y Gestión; y el de Coordinador de Programas y Proyectos de la Dirección General de Mayores y Discapacidad

En relación con la utilización del sistema excepcional de nombramiento de funcionarios por libre designación, el Tribunal Supremo recuerda, según el Conceyu, que "el artículo 80.2 del EBEP ciertamente refiere el criterio determinante de los puestos de libre designación a la concurrencia en ellos de las notas de especial responsabilidad y confianza, pero de ello no se deriva el abandono de la doctrina que viene declarando la excepcionalidad del sistema y la necesidad de justificación de su aplicación. Que la razón de esas exigencias de excepcionalidad y justificación continúa subsistiendo, al ir dirigidas a garantizar los postulados constitucionales de interdicción de la arbitrariedad y de igualdad en el acceso a las funciones y cargos públicos (artículos 9.3 y 23.2 CE)"

Esta nueva sentencia que ahora se conoce, sirve, según el Conceyu por Otra Función Pública, "de recordatorio de la situación extraordinariamente anómala que mantiene el Gobierno de Javier Fernández en cuanto a los nombramientos de Jefes de Servicios y puestos asimilados, que se encuentran paralizados cautelarmente por el TSJA por el abuso continuado y reiterado del sistema de libre designación - a dedo - en contra de las decisiones judiciales".

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