La Junta recurrirá ante el TS la sentencia del TSJA que declara nulo el decreto para la transformación en agencias

La Junta de Andalucía recurrirá ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por la que declara nulo el decreto de 28 de junio del año 2011 de la Junta de Andalucía, para la transformación de diversos organismos en agencia administrativa, entre ellos el Servicio Andaluz de Salud (SAS), el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) o el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM).

La Junta de Andalucía recurrirá ante el Tribunal Supremo (TS) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por la que declara nulo el decreto de 28 de junio del año 2011 de la Junta de Andalucía, para la transformación de diversos organismos en agencia administrativa, entre ellos el Servicio Andaluz de Salud (SAS), el Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ) o el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM).

Fuentes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública han indicado a Europa Press que esa sentencia del TSJA "no es firme", por lo que la recurrirá ante el Supremo.

Asimismo, las fuentes de la Junta indican que dicha sentencia del Alto Tribunal andaluz "hace referencia y afecta tan sólo al tramite de audiencia".

El pasado martes, el sindicato de enfermería Satse-Córdoba resaltó que la sentencia estima "en su totalidad" el recurso interpuesto por dicho sindicato en la provincia cordobesa, el 22 de septiembre de 2011 contra el citado decreto, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en junio de 2011.

En concreto, Satse-Córdoba interpuso la demanda, por entender que la publicación de dicho decreto "no se ajustaba a lo establecido legalmente, con graves posibles repercusiones para la totalidad de trabajadores del SAS, e incluso posibles repercusiones en la misma esencia del sistema sanitario público que ofrece y provee el Servicio Andaluz de Salud".

En el decreto declarado nulo por el TSJA, tras el recurso de Satse-Córdoba, se establecía la transformación de distintos organismos públicos en agencias administrativas. Dichos organismos transformados en agencia administrativa pertenecen a distintos departamentos y se concretan en el Servicios Andaluz de Salud, perteneciente a la Consejería de Salud; Instituto Andaluz de la Juventud e Instituto Andaluz de la Mujer, pertenecientes ambos a la entonces Consejería de Igualdad y Bienestar Social; el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, perteneciente a la Consejería de Agricultura y Pesca; y por último el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo y el Patronato de la Alhambra y Generalife.

Todos ellos, según explican desde Satse, "organismos transformados en agencias administrativas, es decir, entes instrumentales al servicio de la Junta de Andalucía, y que tras el fallo del TSJA queda anulada su transformación en agencias administrativas".

El decreto ahora anulado, establecía para todas éstas agencias administrativas, aspectos relacionados con el régimen jurídico de las mismas; régimen de patrimonio; régimen de contratación, estableciéndose entre otros "la obligación de hacer aquello que se les encomiende desde la comunidad andaluza y que éstas podrán hacerse mediante modelos de colaboración público-privada en la financiación".

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