La Cotmac informa a favor de la aprobación del Plan Territorial Especial Agropecuario de Gran Canaria

El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presidió este lunes la sesión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), en la que se informó favorablemente sobre la aprobación definitiva íntegra del Plan Territorial Especial Agropecuario (PTE-9).

El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presidió este lunes la sesión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), en la que se informó favorablemente sobre la aprobación definitiva íntegra del Plan Territorial Especial Agropecuario (PTE-9).

Según señaló Berriel en una rueda de prensa, este 'visto bueno' se condicionó a que, con carácter previo a la aprobación definitiva, por el órgano competente para ello se proceda a subsanar determinadas deficiencias; mientras que también se aprobó la Memoria Ambiental de dicho plan.

Por su parte, las deficiencias detectadas y los términos en que deberá llevarse a cabo la subsanación del PTE-9 guardan relación con el procedimiento y la ordenación. En este sentido, la Cotmac concedió al Cabildo de Gran Canaria un plazo no superior a tres meses para subsanar las deficiencias señaladas en el acuerdo, informó el Gobierno regional.

Entre los condicionantes establecidos destaca, respecto al procedimiento, el deber de cumplir un requerimiento especificado en un informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Fomento, concretamente de la Dirección General de Aviación Civil, que indica que se podrá informar favorablemente el documento si se incorporan planos que contengan la correcta delimitación de la Zona Aeroportuaria y las Servidumbres Aeronáuticas del enlace Hertziano entre la Isla de Fuerteventura y el Pico de La Gorra.

Los condicionantes sobre ordenación, entre otras cuestiones, abordan aspectos concernientes a usos agrícolas y ganaderos.

Plan insular de ordenación de gran canaria

En este sentido, el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria (PIO-GC) concreta el marco general de actuación del Plan Territorial Especial Agropecuario en la Sección 21, y específicamente en el artículo 135 de su normativa, que expresamente dispone que deberá abordarse dos grandes apartados: la ordenación territorial del suelo agropecuario insular y el fomento de la actividad agropecuaria.

En el Plan Territorial, previo al establecimiento del modelo de ordenación propuesto, se realiza una identificación de unidades homogéneas agrarias, a partir de la zonificación del PIO-GC, con objeto de que sean la base de la ordenación agraria del Plan, mientras que las categorías agrarias establecidas por el Plan deben responder a la capacidad de las zonas para permitir usos agrarios, diferenciándose tres grandes categorías: agraria intensiva, rural y extensiva.

Asimismo, el Gobierno canario apuntó que la regulación de la actividad ganadera se realiza fundamentalmente a través de la identificación de zonas aptas para el desarrollo ganadero.

Estas zonas aluden a aquellos terrenos donde el Plan Territorial Especial Agropecuario, en desarrollo del PIO-GC, permite actividades ganaderas, englobando tanto a las explotaciones ganaderas intensivas como a las explotaciones pequeñas y de las de autoconsumo.

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Núcleo ganadero'

Asimismo, el Plan Territorial Especial Agropecuario establece la figura de 'Núcleo Ganadero', que consiste en áreas concretas del territorio, claramente identificadas, para permitir con carácter prioritario la ubicación de explotaciones ganaderas en un número variable de tamaño y características diversas.

Son áreas preservadas de manera exclusiva al uso ganadero, con el objetivo principal de dar cabida a grandes explotaciones y reubicar aquellas que por su localización inadecuada, principalmente cerca o dentro de núcleos poblacionales, se vean obligadas a cambiar de emplazamiento.

Para lograr dichos objetivos, el Plan Territorial ha localizado un total de 12 núcleos ganaderos con suelo disponible para actividades ganaderas de los tipos de nivel uno y dos, siendo el de nivel uno de ocupación territorial menor, pues se necesita cierta capacidad de infraestructuras y tecnologías; y el dos, de mayor intensidad territorial, provoca un mayor impacto paisajístico, porque las actividades de este tipo han de localizarse en áreas paisajísticamente adecuadas.

Otros asuntos

Por otra parte, también respecto a Gran Canaria, la Cotmac aprobó, sólo a efectos ambientales y de manera condicionada, las declaraciones de impacto ambiental de los proyectos denominados 'Parque Eólico de 16,1 megawatios - Piletas I', en el término municipal de Agüimes; Parque Eólico Canal de Arinaga I , también en Agüimes; 'Repotenciación del Parque Eólico Bahía de Formas III de 5 MW a 7,8 MW', en los municipios de Santa Lucía de Tirajana y San Bartolomé de Tirajana; 'Repotenciación del Parque Eólico San Antonio 2.250 kilowatios', en Santa Lucía de Tirajana; e 'Instalación Eólica Parque Eólico La Vereda II' en el término municipal de Santa Lucía de Tirajana.

En cuanto a la isla de Tenerife, la Cotmac aprobó, sólo a efectos ambientales y con condicionantes, las declaraciones de impacto ambiental de los proyectos 'Remodelación Geomorfológica y Paisajística de la cantera Los Pasitos e Industrias Asociadas', en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife y 'Remodelación de la Estación Desalinizadora de Aguas Salobres (E.D.A.S.) de Altos de Icod (Icod I)', promovido por el Consejo Insular de Aguas de Tenerife, en el término municipal de Icod de Los Vinos.

Por último, la Comisión informó de manera favorable la suspensión del Plan General de Ordenación del municipio de Granadilla de Abona en el sector SP-1.01, en el ámbito del Polígono Industrial de Granadilla de Abona, a fin de completar la ordenación urbanística de dicho sector, en virtud del cual se van a ejecutar obras de movimiento de tierras necesarias para la urbanización de este ámbito.

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