El Gobierno regional simplifica la normativa ambiental para el comercio minorista y otras actividades

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha publicado una orden por la que se exime de la obtención de la licencia ambiental para iniciar o desarrollar determinadas actividades y servicios, ya que a partir de su entrada en vigor será suficiente presentar en los ayuntamientos una comunicación previa o una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos ambientales y tasas exigidos en cada normativa municipal.
José María Infante
José María Infante
GOBIERNO DE LA RIOJA
José María Infante

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ha publicado una orden por la que se exime de la obtención de la licencia ambiental para iniciar o desarrollar determinadas actividades y servicios, ya que a partir de su entrada en vigor será suficiente presentar en los ayuntamientos una comunicación previa o una declaración responsable del cumplimiento de los requisitos ambientales y tasas exigidos en cada normativa municipal.

El director general de Calidad Ambiental, José María Infante, ha explicado hoy que esta "flexibilización" normativa se extiende más allá del ámbito de aplicación de la Ley 12/2012 de 26 de diciembre de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Desde el Gobierno de La Rioja "pretendemos simplificar la gestión administrativa y eliminar de cargas innecesarias al ciudadano para la implantación de aquellas actividades, instalaciones o servicios que tienen una escasa incidencia ambiental".

En este sentido, Infante ha destacado que la sustitución de la licencia ambiental por una declaración responsable y la comunicación previa a las entidades locales "reducirá las cargas administrativas y creemos que esto será un factor decisivo que contribuirá a la dinamización de estas actividades".

Esta medida suprimirá el plazo de cuatro meses para obtener la licencia ambiental (la declaración responsable se obtiene en pocos días) y supondrá un ahorro para los promotores al no tener que pagar la tasa municipal correspondiente por esta licencia.

Control ambiental.

No obstante, ha precisado el responsable del área de Calidad Ambiental, se pasa de un modelo de control previo a un modelo de control a posteriori con las mismas exigencias ambientales (limitación de vertidos, gestión de residuos, ruidos, etc), incluido el régimen sancionador vigente.

A este respecto, se considera infracción grave la ocultación, falta de comunicación o no remisión, el falseamiento o la alteración maliciosa de la información exigida, estableciendo sanciones que oscilan entre los 2.000 y los 50.000 euros.

La relación de actividades que ya no requieren de licencia ambiental y tan sólo requieren de una comunicación previa y declaración formal son las instalaciones de almacenamiento de combustibles para uso propio, no industrial o comercial, con un consumo anual medio inferior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o inferior a 50.000 litros.

También los estacionamientos subterráneos para uso privado que se integren en edificios de viviendas; las explotaciones de animales de carácter no comercial sin un fin económico o empresarial inmediato; las instalaciones para albergar animales de uso, recreo o compañía con capacidad hasta 5 UGM de equinos y 5 perros adultos; y las instalaciones comerciales minoristas y de servicios de menos de 300 m2.

Por otro lado, seguirán necesitando una licencia ambiental los sectores de hostelería, bares, cafeterías, restaurantes, discotecas y establecimientos de similares características.

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