El TSXG concluye que hubo "cesión ilegal" de un trabajador entre la Diputación de Ourense y el Ayuntamiento de Xinzo

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) a incorporar, con carácter indefinido, en su cuadro de personal a un trabajador que denunció al consistorio y a la Diputación de Ourense por cesión ilegal, un punto en el que la Justicia da ahora la razón al demandante.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) a incorporar, con carácter indefinido, en su cuadro de personal a un trabajador que denunció al consistorio y a la Diputación de Ourense por cesión ilegal, un punto en el que la Justicia da ahora la razón al demandante.

En una sentencia fechada el 18 de enero de 2013, el TSXG relata que el trabajador, que desempeñó cargos de monitor deportivo, demandó a ambas instituciones, pero el Juzgado de lo Social número dos de Ourense consideró que no había lugar a la demanda y absolvió a los demandados.

Ante esta situación, el trabajador presentó un recurso de suplicación ante el TSXG, que considera constatada "la existencia de un salario inferior durante los periodos contratados por la Diputación de Ourense" y concluye que el demandante "fue objeto de una cesión ilegal con el fin de empeorar sus condiciones salariales".

El trabajador ha presentado documentación según la cual su salario era de 1.683,95 euros a 31 de octubre de 2009, mientras que en los contratos firmados con la Diputación de Ourense percibía 1.500,69 euros.

"Todo hace pensar que la Diputación Provincial de Ourense no asumió ningún poder de dirección, que constituye una de las responsabilidades que son propias e inherentes a la condición de empleador, limitándose a suministrar al trabajador demandante al Ayuntamiento demandado, que era quien planificaba, dirigía y daba las órdenes precisas para que el demandante desarrollara su actividad. Es decir, que el trabajador demandante siempre estuvo bajo la dirección del Ayuntamiento para el que desde el principio vino prestando servicios", describe el documento del TSXG.

Agrega que "se constata la existencia de un salario inferior durante los periodos de contratos celebrados con la Diputación", lo que "permite afirmar" que se trata de "una cesión ilegal".

Por ello, el TSXG revoca la resolución de la sala ourensana y condena al Ayuntamiento de Xinzo a incorporar al trabajador, de forma indefinida, a su cuadro de personal, "en las mismas condiciones previstas para el personal laboral".

Esta sentencia abre todavía la posibilidad de presentar un recurso de casación, para lo que establece un periodo de diez días desde la notificación de la misma.

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