Condenan a dos años de prisión tras conformidad al acusado del atropello mortal del joven de Calañas

D.F.S., acusado del atropello mortal del vecino de Calañas (Huelva) Ramón Cuaresma, cuyo cadáver apareció el 23 de noviembre de 2008 en un paraje próximo a la localidad, ha sido condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 730 euros por una falta de estafa por la utilización fraudulenta de la tarjeta de crédito de la víctima. Todo ello tras llegar a un acuerdo el Ministerio Fiscal, la defensa y la acusación particular.
Abogado y familiares de Ramón Cuaresma (Huelva).
Abogado y familiares de Ramón Cuaresma (Huelva).
EUROPA PRESS
Abogado y familiares de Ramón Cuaresma (Huelva).

D.F.S., acusado del atropello mortal del vecino de Calañas (Huelva) Ramón Cuaresma, cuyo cadáver apareció el 23 de noviembre de 2008 en un paraje próximo a la localidad, ha sido condenado a dos años de prisión y al pago de una multa de 730 euros por una falta de estafa por la utilización fraudulenta de la tarjeta de crédito de la víctima. Todo ello tras llegar a un acuerdo el Ministerio Fiscal, la defensa y la acusación particular.

En declaraciones a los periodistas, la defensa, representada por el letrado Rafael Villegas, ha explicado que se ha llegado a un acuerdo entre todas las partes tras reconocer el acusado la comisión de un delito de homicidio por imprudencia grave. Así, se ha acordado una pena de dos años de prisión y la suspensión de la ejecución de la pena, por lo que "no entra en prisión".

El acusado tendrá que pagar 77 euros, que es el cargo que realizó en la tarjeta de crédito y, a su vez, ha sido condenado a la privación del permiso de conducir durante dos años y al comiso del coche, el cual no va a ser reintegrado al acusado, mientras que la familia de la víctima ya ha sido indemnizada por la compañía aseguradora con una cantidad que asciende a los 100.000 euros.

Por otro lado, no ha podido ser condenado por un delito de conducción bajo la influencias de bebidas alcohólicas y drogas en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, como pedía la Fiscalía, sino por un delito de homicidio por imprudencia grave, ya que no se ha podido acreditar este consumo al no existir pruebas de toxicología al respecto.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el letrado José Manuel Oliva, ha asegurado estar "satisfecho" con la calificación porque es la que mantenían. En este sentido, ha detallado que el acusado ha reconocido que es autor de un homicidio por imprudencia grave al admitir que "esa noche atropelló a Cuaresma, lo metió en un maletero, lo abandonó en un descampado y posteriormente utilizó de manera fraudulenta su tarjeta de crédito".

"Lo único que se ha modificado era que la imprudencia grave por conducción bajo la influencias de bebidas alcohólicas y drogas, ya que era difícil acreditar porque no hubo pruebas de toxicología al acusado", ha explicado Oliva.

No obstante, el letrado ha señalado que la familia de la víctima ha quedado "satisfecha" en el sentido de que el acusado "ha reconocido que mató a Cuaresma y ha sido condenado por esto", pero sus familiares "no entienden que una persona no vaya a la cárcel por este delito".

Por su parte, la madre de la víctima, Epifania Reina, ha señalado que el acusado "debería haber entrado en la cárcel siquiera un par de años, eso es lo que yo esperaba porque es un criminal", a lo que ha añadido otro familiar que "la justicia no existe en España".

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