La Audiencia de Castellón acuerda el sobreseimiento contra uno de los implicados en el doble crimen de Càlig

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha acordado el sobreseimiento provisional del proceso contra Antonio M.T., detenido en 2009 por su presunta implicación en el asesinato de una pareja de jóvenes en el interior de una vivienda de Càlig (Castellón) en 2005, al considerar que los indicios de su participación en los hechos carecen de entidad suficiente como para proseguir la causa.

Así, la sala estima en parte una queja formulada por Antonio M.T. contra un auto de 30 de mayo de 2012 dictado por el juzgado de instrucción número 1 de Vinaròs (Castellón) en un procedimiento de la Ley del Jurado con el objeto de solicitar el sobresimiento libre del proceso respecto del mismo.

La detención de Antonio M.T. se llevó a cabo en el marco de la investigación llevada a cabo por la Guardia Civil encaminada a la identificación y detención del segundo presunto autor material de los hechos, ya que por el doble crimen ya había sido condenado a 46 años de prisión una primera persona, Emilio P.R.

En los fundamentos jurídicos, la Audiencia Provincial argumenta que los indicios a que se hace referencia en el auto impugnado como justificantes del avance del proceso respecto del recurrente -el conocimiento por parte de una imputada, la esposa del ya condenado Emilio P.R., de unos números de teléfono de Antonio M.T., así como su ausencia del centro de trabajo en los días en que se produjeron las muertes- se explican en función de la coincidencia de aquel y éste cuando cumplían condena en la misma cárcel.

Según la Sala, esto no puede considerarse más allá de una sospecha, en tanto que su baja laboral está justificada por un parte médico tributario de trastorno depresivo. La Audiencia Provincial considera que estos hechos son "lo suficientemente equívocos" como para impedir que pueda sustentarse una razonable acusación contra el quejoso, "tal y como informa sensatamente el Ministerio Fiscal, a quien se supone con interés por esclarecer completamente los hechos".

Así, mismo, señala que, aunque podría acordarse posteriormente el seobreseimiento, no encuentra obstáculos que impidan adelantar la decisión cuando, como aquí sucede, los indicios concurrentes "carecen de entidad suficiente como para mandar proseguir la causa respecto del recurrente".

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