Facua lleva ante la Secretaría General de Consumo al colegio que cobra por las entrevistas

  • El colegio María Nebrera cobra 190 euros por optar a un empleo.
  • Las prácticas de este colegio privado de Granada son "abusivas", según entiende Facua, por la "falta de reciprocidad en el contrato".
  • Además, al establecerse que el abono del importe "en ningún caso será devuelto", la empresa incurre en otra cláusula abusiva.
  • Se trata de prácticas prohibidas por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Un grupo de niños recibe clase en un aula.
Un grupo de niños recibe clase en un aula.
ARCHIVO
Un grupo de niños recibe clase en un aula.

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Secretaría General de Consumo de la Junta de Andalucía al colegio privado de Granada que cobra 190 euros por optar a un empleo. Según la organización, el colegio incurre en "en varias cláusulas abusivas, prohibidas por la legislación estatal y andaluza en materia de protección de los consumidores".

Según ha recordado Facua, la empresa María Nebrera S.A., propietaria del colegio privado del mismo nombre, está ofertando 90 puestos de trabajo en educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato, requiriendo a los interesados que rellenen un formulario y el ingreso de la citada cantidad como requisito ineludible para poder entrar en el proceso de selección.

También afirma haber remitido su denuncia este viernes al Servicio de Consumo de Granada y espera "la imposición de una sanción proporcional a la gravedad de las prácticas que está llevando a cabo la empresa".

Prácticas "abusivas"

Las prácticas del colegio María Nebrera son "abusivas", según entiende Facua, por la "falta de reciprocidad en el contrato", la imposición de una cláusula que resulta "desproporcionada en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato" y también porque "vinculan el contrato a la voluntad del empresario".

Asimismo, al establecerse que el abono de los 190 euros "en ningún caso será devuelto", la asociación advierte de que la empresa incurre en otra cláusula abusiva: "la retención de cantidades abonadas por el consumidor y usuario por renuncia, sin contemplar la indemnización por una cantidad equivalente si renuncia el empresario".

Se trata, señala Facua, de prácticas prohibidas por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento