El borrador de la ordenanza de bajeras fija una distancia mínima de 100 metros entre dos locales de nueva implantación

En Pamplona existen en la actualidad 251 locales con licencia y en lo que llevamos de año se han interpuesto 26 denuncias
El concejal Juan José Echeverría (i) y el director de Urbanismo Fernando Nagore.
El concejal Juan José Echeverría (i) y el director de Urbanismo Fernando Nagore.
EUROPA PRESS
El concejal Juan José Echeverría (i) y el director de Urbanismo Fernando Nagore.

El Ayuntamiento de Pamplona ha presentado este martes el borrador de la ordenanza de bajeras, que establece una distancia mínima de 100 metros entre dos locales de nueva implantación dedicados a actividades recreativas como condición para otorgar la licencia.

El borrador fija además que a los locales no se podrá acceder desde otros locales o actividades, ni desde el interior de portales o viviendas, es decir, tendrán que tener accesos independientes de la vía pública.

El concejal delegado de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, Juan José Echeverría, y el director de Urbanismo y Vivienda Fernando Nagore, han explicado en rueda de prensa los detalles del borrador que esta mañana ha conocido la Junta de Gobierno Local.

El concejal Juan José Echeverría ha explicado que se ha fijado la distancia de 100 metros de recorrido efectivo peatonal entre locales para evitar que "la acumulación de este tipo de usos provoque problemas casi de convivencia". "De esa manera evitaremos que lo que está ocurriendo en algunas calles específicas de Pamplona o algunos barrios tenga una incidencia exagerada en el ambiente de cada calle o cada barrio", ha señalado.

La ordenanza, una vez que se apruebe, será de aplicación a todos los centros de acceso restringido, dedicados a la celebración de actividades recreativas de carácter social, no abiertos a pública concurrencia, ubicados en Pamplona. Por tanto afecta a los centros de reunión que se instalen a partir de la entrada en vigor de la ordenanza y también a los existentes con anterioridad que no cuenten con licencia. Estos tendrán un plazo de 2 meses para regularizar su situación.

Conciliar ocio y vecindario

En el borrador se prevén las condiciones con las que deben contar esos locales y supeditar su funcionamiento a una previa autorización administrativa, como hasta ahora.

A través de esa licencia, la ordenanza prevé asegurar el cumplimiento de la legalidad, conciliar el uso de los locales destinados a ocio privado con los derechos del vecindario y garantizar que esos lugares de ocio alternativo, demandados principalmente por jóvenes, reúnan unas condiciones mínimas de seguridad e higiene y eviten riegos y molestias para sus usuarios y los vecinos.

La ordenanza, en fase de borrador, pretende regular las actividades restringidas al ámbito puramente privado, de carácter familiar o social que no se hallen abiertas a la pública concurrencia, es decir, las que, entre otras, realizan los jóvenes en lo que comúnmente se denominan 'bajeras', que no se incluyen en la Ley Foral 2/1989 que regula los espectáculos públicos y las actividades recreativas.

Además, aúna las normas municipales dictadas y aplicadas hasta ahora como el Manual de Procedimientos sobre licencias de modificación de uso en locales de reunión de jóvenes, en el que se determina que los locales estarán sujetos a previa licencia, que data del año 2001, o los certificados de aislamiento acústico firmados por un técnico, obligatorios desde 2011.

Tramitación de oficio o a solicitud de persona interesada

Según recoge el borrador de la ordenanza, el procedimiento para tramitación de la licencia se iniciará de oficio o a solicitud de la persona interesada. En este último caso, deberán detallarse además los datos del local y sus instalaciones, así como determinada documentación de la actividad que se pretende regularizar.

En el caso de detectarse la existencia de un local en funcionamiento desarrollando la actividad sin licencia municipal, el Ayuntamiento instará su regularización a quien corresponda, sin perjuicio de las actuaciones disciplinarias que procedan.

El Ayuntamiento podrá realizar visitas de comprobación para verificar que los locales y sus instalaciones se ajustan a la documentación presentada por los titulares y a los términos de la licencia concedida.

LEGALIDAD,

Medidas correctoras y revocación de licencia

Si el Ayuntamiento tiene conocimiento de que un local o bajera funciona sin la preceptiva autorización municipal, podrá ordenar su suspensión, previa adopción de las medidas cautelares previstas y, además, si la actividad pudiera legalizarse, requerirá al titular para que regularice esa situación en un plazo no superior a dos meses.

Si la actividad no se pudiera autorizar por incumplimiento de la normativa vigente aplicable, se procederá a la clausura definitiva, previa audiencia del interesado.

En el caso de que se detecten deficiencias en el funcionamiento del local y éste cuente con licencia, el Ayuntamiento requerirá al titular medidas correctoras a ejecutar en un plazo acorde con la naturaleza de esas correcciones que, salvo casos especiales, no podrá ser superior a un mes.

Si se constata el incumplimiento de alguna de las disposiciones contenidas en la ordenanza o en el resto de normativa aplicable, se requerirá a los titulares para que en plazo determinado procedan a su subsanación, transcurrido el cual sin que se justifique el cumplimiento del requerimiento, el Ayuntamiento iniciará, previos trámites oportunos, expediente de clausura del local y revocará la licencia otorgada.

251

Locales con licencia

En Pamplona existen en la actualidad 251 locales con licencia. Más de un tercio, 85, se sitúan en el barrio de la Milagrosa, incluyendo en él Arrosadía, Santa María la Real y Sadar. Según consta en los registros del Ayuntamiento de Pamplona, hay 26 locales en Rochapea y en Chantrea (también Orvina y Ezkaba), 25 en San Juan, 19 en San Jorge y 18 en Azpilagaña y en Iturrama.

En otras zonas de la ciudad, la presencia de estos locales es más residual. Se contabilizan 8 en Echavacoiz; 7 en Mendillorri; 5 en Casco Antiguo, II Ensanche y Ermitagaña, 3 en Mendebaldea y una en la calle Abejeras. Durante este año se han tramitado 24 licencias, de las que 16 se han otorgado y 8 se encuentran en tramitación.

En 2012 se ha abierto expediente de disciplina a 26 locales, en su mayoría por denuncias interpuestas por los vecinos por causar molestias o ruidos durante la estancia en los locales. El Ayuntamiento no considera necesario establecer en la ordenanza un régimen sancionador específico pues las posibles contravenciones urbanísticas derivadas de la aplicación en su momento de esta ordenanza están ya contempladas en otras disposiciones legales municipales.

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