La Cámara de Cuentas detecta "incidencias" en las encomiendas de gestión de la Junta, que "cuestan un 6% más" a la Junta

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado una serie de "incidencias" en las encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, entre ellas el hecho de que no se presente "razones suficientes" para emplear dicha figura, tras lo que apunta que esos trabajos "le cuestan a la Administración de la Junta, además de los costes reales, un seis por ciento más como máximo".

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado una serie de "incidencias" en las encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, entre ellas el hecho de que no se presente "razones suficientes" para emplear dicha figura, tras lo que apunta que esos trabajos "le cuestan a la Administración de la Junta, además de los costes reales, un seis por ciento más como máximo".

Según el informe de la Cámara de Cuentas sobre análisis del Capítulo II de 'Gastos Corrientes en Bienes y Servicios' del Presupuesto de Gastos de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2010, se precisa que el gasto corriente ejecutado en el ejercicio 2010 ha sido 3.065 millones de euros, una cifra que supone el 9,8 por ciento del total del presupuesto liquidado, porcentaje similar al alcanzado por los créditos iniciales de dicho capítulo sobre el presupuesto inicial desde 2009 a 2012.

Para ello, se ha revisado una muestra de expedientes y documentos de gastos del ejercicio 2010 de las secciones presupuestarias más importantes en cuanto a liquidación del presupuesto, que son el Servicio Andaluz de Salud, Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Consejería de Educación, Consejería de Salud y Consejería de Justicia y Administración Pública.

En ese sentido, tras apuntar que el SAS y estas consejerías representan el 91,71 por ciento del gasto ejecutado en capítulo II, el informe, consultado por Europa Press, apunta entre sus conclusiones que con carácter general, en la fiscalización de la contratación pública se han puesto de manifiesto "diversas incidencias" susceptibles de resolver y mejorar.

Así, considera que la memoria justificativa de los contratos "debe redactarse con el detalle de los factores que determinan la necesidad e idoneidad de cada contrato, y por tanto, el gasto y el impacto que ello representa en el presupuesto", además de apuntar que hay que elaborar una memoria o presupuesto económico que "justifique el importe consignado en las distintas partidas que componen el presupuesto de licitación".

El ente fiscalizador apunta que "debe justificarse y motivarse adecuadamente la declaración de urgencia en los expedientes tramitados por dicha vía, ya que los motivos que la justifican son previsibles o simplemente no existen" y agrega que los criterios de valoración para las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa "requieren una mayor claridad, precisión, concisión y detalle, con el objeto de permitir que los licitadores conozcan con exactitud los elementos de la oferta".

La Cámara de Cuentas apunta además que en la fiscalización de la contratación pública se han evidenciado cuestiones que afectan a determinados tipos de expedientes, de forma que en los expedientes tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad "no consta acta de negociación en 29 de los 39 contratos analizados, mientras que en los diez restantes, si bien hay acta, la misma no demuestra que haya existido tal negociación", de manera que "los presupuestos de licitación y adjudicación coinciden, no consiguiéndose ninguna rebaja en precios o mejoras añadidas".

Asimismo, apunta que los contratos menores "sólo deben utilizarse previa y adecuada justificación de su necesidad y no deben servir para atender obligaciones que, habitualmente, se hacen con contratos de servicios y que se refieren a gastos necesarios para el funcionamiento de la Junta, como son la vigilancia y la limpieza".

En cuanto al arrendamiento de bienes inmuebles, el procedimiento de adjudicación "ha sido el excepcional o directo, en contraposición al procedimiento general que es el concurso", aunque reconoce que esta forma de proceder "siempre ha contado con el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio y de la Intervención General de la Junta".

Empleo de las encomiendas de gestión

La Cámara de Cuentas ha aludido a la utilización de las encomiendas de gestión a entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, mediante las cuales las consejerías y sus agencias ordenan a sus sociedades mercantiles y fundaciones cuyo capital o aportación económica, respectivamente, sea en su totalidad de titularidad pública, la ejecución de actividades o cometidos propios de aquellas, siempre que ejerzan sobre ellas un control análogo al que tienen sobre sus propios servicios y dichas entidades instrumentales realicen la parte esencial de su actividad para la Junta.

En ese sentido, el ente fiscalizador apunta una serie de "incidencias que podrían resolverse" en dichas encomiendas, como el hecho de que la justificación de la necesidad o conveniencia de realización de los trabajos encomendados "resulta escueta y no presenta razones suficientes para utilizar la encomienda de gestión".

Por ello, se recomienda "concretar la insuficiencia de medios humanos y materiales de las consejerías, así como la disponibilidad e idoneidad de los recursos de las entidades del sector público que puedan ejecutar las tareas encomendadas en contraposición a las posibilidades de aplicar la legislación de contratación pública".

Asimismo, cree que "sería recomendable que la certificación de conformidad de la realización de los servicios encomendados se acompañara de evidencias o pruebas de los trabajos ejecutados".

La Cámara de Cuentas considera que "debe mejorarse la elaboración de las memorias o informes finales de evaluación sobre el desarrollo del encargo, incluyendo información sobre los costes finales incurridos, actuaciones realizadas, hechos conseguidos, indicadores de resultados y seguimiento".

El ente fiscalizador apunta que como consecuencia de la posibilidad de imputar los gastos generales y corporativos de las entidades que reciben las encomiendas, los trabajos realizados "le cuestan a la Junta, además de los costes reales incurridos en la ejecución de las actuaciones, un seis por ciento más como máximo". Apunta que en el caso de las encomiendas con Inturjoven, "se imputan adicionalmente gastos de gestión y coordinación".

La Cámara de Cuentas andaluza señala que las actuaciones encomendadas "podrían haberse contratado directamente por las consejerías, evitándose con ello el coste imputado en concepto de 'gastos generales y corporativos' y 'gastos de gestión y coordinación'".

Importe de las facturas

Asimismo, la Cámara de Cuentas ha identificado el importe de las facturas registradas en el ejercicio 2010 y que no habían sido asignadas al presupuesto de dicho ejercicio, en concreto 228,81 millones de euros, de los cuales 203,50 millones de euros corresponden al Servicio Andaluz de Salud.

Por último, este trabajo de fiscalización ha identificado actuaciones y prácticas que redundan en una mejor gestión del gasto corriente, por lo que cree que sería recomendable que "tanto estas consideraciones como las que cada entidad estime oportunas conformen un 'código de buenas prácticas', cuya accesibilidad quede garantizada para todas las personas con responsabilidades en la gestión".

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