El TSJCV admite a trámite el recurso presentado por Compromís contra el servicio de transporte escolar para este curso

La Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado por Compromís contar el servicio de transporte escolar para este curso 2012-2013.
Mónica Oltra
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EUROPA PRESS
Mónica Oltra

La Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado por Compromís contar el servicio de transporte escolar para este curso 2012-2013.

El TSJCV ha realizado una citación a las personas interesadas en este recurso contencioso administrativo y concede un plazo de 15 días para la personación, según ha informado Compromís en un comunicado.

"Nos congratulamos de que el proceso contra esta injusta resolución siga adelante y esperamos que culmino con su anulación y la reinstauración de un servicio de transporte escolar no discriminatorio y en condiciones dignas", ha destacado la portavoz adjunta de Compromís, Mònica Oltra.

Esta acción judicial de la coalición viene motivada por el cambio de la resolución sobre transporte escolar de años anteriores en aquello concerniente a los tres kilómetros de distancia del centro, pasando de una distancia medida según las carreteras y caminos transitables a una distancia de tres kilómetros en línea recta.

Según ha explicado Oltra, "este nuevo criterio es una discriminación muy grande porque puede haber núcleos poblacionales que estén a poco más de tres kilómetros del centro escolar en línea recta y por eso no tengan derecho al transporte escolar pero en la realidad orográfica y de vías de acceso estén a muchos más kilómetros".

Compromís ha impugnado esta resolución porque entiende que "es claramente discriminatoria, obstaculiza el derecho a la educación" y, además, "es discrecional al establecer que el Consell podrá hacer excepciones a esta normativa de manera arbitraria".

Asimismo, la coalición considera que esta resolución "contraviene la misma Constitución Española que en el artículo 27.6 establece que las administraciones no sólo tienen que proporcionar el servicio público educativo a los alumnos, sino que también tienen que remover los obstáculos de cualquier naturaleza que impidan o dificultan el ejercicio del derecho a la educación".

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