Gerencia de Urbanismo estudiará modificar la normativa urbanística para incentivar la instalación de ascensores

Gerencia de Urbanismo de Pamplona estudiará el miércoles la modificación del Plan Municipal y de las ordenanzas de edificación con el fin de incentivar la instalación de ascensores en los edificios que actualmente no tienen y que éstos pasen a ser totalmente accesibles.

Gerencia de Urbanismo de Pamplona estudiará el miércoles la modificación del Plan Municipal y de las ordenanzas de edificación con el fin de incentivar la instalación de ascensores en los edificios que actualmente no tienen y que éstos pasen a ser totalmente accesibles.

Para proponer la modificación, los técnicos municipales han agrupado en siete las posibles actuaciones tipo a la hora de construir un ascensor en un edificio de viviendas y teniéndolas en cuenta han planteados las distintas soluciones, según ha explicado el Ayuntamiento en un comunicado.

De acuerdo con el expediente, "con la modificación se simplifica y facilita la gestión que en determinados casos se requiere actualmente".

Se elimina la exigencia de que se produzca una consulta previa salvo para los edificios catalogados y desaparecen también los estudios de detalle con el consiguiente ahorro económico y de tiempo, salvo en casos concretos como, por ejemplo, que el vuelo de la nueva ampliación fuera de las fachadas sea superior a 1,5 metros. Sí se mantendría la tramitación de un plan especial siempre que la colocación del ascensor suponga una ocupación que afecte al espacio público.

Ampliar el espacio de las viviendas o de la edificación

La modificación propuesta pretende también paliar la afección que supone instalar ascensor cuando pierden espacio las viviendas o cuando se crean dos accesos diferentes a las viviendas (uno el de las escaleras que ya existía y otro el nuevo del ascensor, generalmente desde otra fachada).

En el primero de los casos, la nueva regulación municipal pasaría a tener en cuenta, ya que hasta la fecha no estaba recogido, la pérdida de espacios privativos.

Con el fin de disminuir la dificultad en este tipo de actuaciones se formula la posibilidad de ampliar los espacios privativos en una superficie útil que pueda llegar a ser cinco veces la superficie útil afectada, tanto hacia patio interiores como hacia fachadas principales, por ejemplo por medio de miradores incorporados a la vivienda.

Cuando los accesos son diferentes por ascensor y por escaleras se propone compensar a los vecinos ampliando el fondo de la edificación en todo el ancho en 1,20 metros, tanto con cuerpos cerrados como con balcones.

Otro aspecto que tiene en cuenta la modificación es que prevé que en algunos casos se pueda resolverse la caja de la escalera con un vuelo más ancho que el admitido con carácter general por lo que propone ampliar ese límite de profundidad del cuerpo volado a 1,5 metros siempre que no se sobrepase el límite del bordillo de la acera y la altura libre de paso no sea inferior a 2,5 metros.

Además, cuando la actuación se encuentre en un edificio catalogado, introduce un nuevo criterio a tener en cuenta junto al resto de la normativa de protección con el fin de que pueda ser compatible el respeto a los valores arquitectónicos con el valor de uso que aporta la instalación de un ascensor en un edificio que aún no dispone.

Así, en los edificios catalogados en grado 3 queda recogido que es posible actuar en las fachadas siempre que se haga con respeto a los valores del edificio y no se afecte a los elementos singulares. Al igual que en los grados de protección 1 y 2 será necesaria realizar la consulta previa.

Desde que entró en vigor el texto refundido de la Homologación del Plan General Municipal de Pamplona en mayo de 2007 se han aprobado definitivamente 8 planes especiales y 59 estudios de detalle.

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