Gobierno indica que los damnificados por los incendios de Valencia son beneficiarios con derecho a protección preferente

El Gobierno ha destacado que se consideran beneficiarios con derecho a protección preferente en las ayudas que regula el Plan Estatal, los afectados por situaciones catastróficas, como pueden ser los damnificados por los incendios acaecidos en Valencia y Castellón.
Incendio En La Sierra De Irta
Incendio En La Sierra De Irta
DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN
Incendio En La Sierra De Irta

El Gobierno ha destacado que se consideran beneficiarios con derecho a protección preferente en las ayudas que regula el Plan Estatal, los afectados por situaciones catastróficas, como pueden ser los damnificados por los incendios acaecidos en Valencia y Castellón.

Así lo detalla en una respuesta por escrito a los senadores del Grupo Socialista, Enrique Navarro Andreu, Carmen Alborch y Ángel Batalla, quienes registraron una pregunta por escrito en la Cámara, solicitando información sobre los incendios sufridos por la Comunitat.

En concreto, el Gobierno indica que la evaluación detallada sobre el terreno de los daños en la masa forestal ocasionados por los recientes incendios de Cortes de Pallás y Andilla, y la correspondiente estimación de las actuaciones de restauración a ejecutar, compete a la Comunitat Valenciana .

No obstante, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente efectuó inicialmente —2 de julio—, a nivel orientativo, una primera estimación de daños, que fue contrastada y mejorada por la incluida en informe de fecha 5 de julio de la Comisión Interministerial.

El Ejecutivo apunta que una vez ejecutadas las posibles medidas de emergencia a corto plazo, se procederá a "establecer actuaciones a medio y largo plazo con el propósito de recuperar la masa forestal y la funcionalidad del ecosistema".

En este sentido, el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente compareció el pasado 11 de julio ante la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para informar, entre otros temas, sobre las actuaciones y medidas del Gobierno en relación con los incendios forestales que han afectado a las Comunidades Autónomas de Valencia, Murcia y Castilla-La Mancha.

Asimismo, es necesario señalar que el Pleno del Senado en su sesión extraordinaria celebrada el pasado 18 de julio aprobó, con modificaciones, una moción del Grupo Popular por la que se insta al Gobierno a adoptar determinadas medidas para paliar los daños producidos por los incendios forestales que han afectado a las diferentes comunidades durante 2012, en especial a la Comunitat.

Aplicación de las leyes

La respuesta indica que los incendios por los que se interesa la pregunta no se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley 30/2010, de 10 de marzo, por la que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias autonomías. Por tanto, la aplicación de esta Ley para el incendio acaecido en Valencia y Castellón en este año 2012 no sería posible.

Por ello, para la reparación de daños causados por los incendios forestales, resultan "de inmediata aplicación" las ayudas ante catástrofes y emergencias contempladas con carácter general en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

En todo caso, el Gobierno recuerda que para dar cumplimiento al mandato parlamentario acordado por el Senado, se aprobó el Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias regiones.

En él se recogen las medidas establecidas por el Gobierno para contribuir a reparar los daños personales, materiales y los daños en infraestructuras municipales y red viaria en aquellas comunidades afectadas por los mismos desde primeros del mes de junio.

Carreteras y viviendas afectadas

Por lo que se refiere a la fórmula utilizada en otras ocasiones en las que se han producido situaciones excepcionales de catástrofe o emergencia, de anticipar el pago de la ayuda de minoración de anualidades de amortización para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, el Gobierno indica que no es posible aplicarlo en los municipios afectados por los incendios de Valencia y Castellón, ya que no restan pagos que realizar en los expedientes de esta línea de ayudas de la Comunitat Valenciana.

También destaca que "ningún tramo de la Red de Carreteras del Estado, competencia del Ministerio de Fomento, se ha visto afectado por los incendios de Valencia y Castellón, ocurridos a principios del mes de julio".

En lo que se refiere a los tramos de carreteras en el ámbito de la red viaria municipal y de otras Administraciones Públicas afectadas por los mencionados incendios, no son competencia del Ministerio de Fomento, y no corresponde a la Dirección General de Carreteras otorgar, gestionar ni asignar las correspondientes ayudas.

Finalmente, por lo que se refiere a las viviendas afectadas, el Ejecutivo señala que la Comunitat Valenciana "podrá reconocer las ayudas en materia de vivienda" que se enmarcan en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, aprobado por Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre.

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