El CAA estima dos quejas por falta de neutralidad en la Radio Municipal de Tomares

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha estimado dos quejas por falta de neutralidad en Radio Municipal de Tomares (Sevilla), tras constatar que esta emisora retransmite en directo los programas informativos y de opinión de Intereconomía. "Sin posibilidad, por tanto, de garantizar que estos programas cumplen los requisitos de neutralidad, independencia y participación política y social exigibles a todos los medios de comunicación públicos", explica este ente en un comunicado.

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha estimado dos quejas por falta de neutralidad en Radio Municipal de Tomares (Sevilla), tras constatar que esta emisora retransmite en directo los programas informativos y de opinión de Intereconomía. "Sin posibilidad, por tanto, de garantizar que estos programas cumplen los requisitos de neutralidad, independencia y participación política y social exigibles a todos los medios de comunicación públicos", explica este ente en un comunicado.

Según el CAA, se ha constatado que la emisora municipal carece de servicios informativos propios, ya que lo que emite es un magacín matinal que "no puede considerarse un informativo ni por su orientación ni por su formato". La función informativa exigible a un prestador de servicio de titularidad pública se suple en Radio Tomares con la difusión en directo del noticiario 'Crónica' y de los programas de opinión y actualidad 'El Gato al Agua' y 'La Espuela'.

En su resolución, el CAA recuerda que, a diferencia de los prestadores de servicio de comunicación audiovisual de titularidad privada (a los que asiste el derecho de fijar una línea editorial ideológica y pueden, legítimamente, dirigirse a un sector de la sociedad coincidente con ella), las radios y televisiones públicas están obligadas por Ley a garantizar la neutralidad y el pluralismo político y social, así como el servicio público local con la emisión de noticias locales mediante la producción de informativos. Requisitos que no son exigibles a los medios privados.

El Consejo recuerda que la independencia es uno de los principios esenciales e incuestionables que distingue a los medios de comunicación públicos de aquellos de titularidad privada. Esta condición está directamente relacionada, precisamente, con la obligación de cumplir la misión esencial de servicio público, que se sustancia en satisfacer las necesidades de información, cultura, educación y entretenimiento de la sociedad, y de preservar otros principios fundamentales como la neutralidad, objetividad, veracidad y pluralismo informativo.

Intereconomía como prestador de servicio privado, de ámbito nacional, tiene reconocido el derecho a fijar una dirección editorial propia, tal y como recoge el artículo 10 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Por tanto, según el CAA, "la independencia de la Radio Municipal de Tomares no está garantizada con la cesión del grueso de su programación a una cadena de radio privada que, legítimamente, tiene intereses particulares y está sujeta a un régimen jurídico distinto".

No es una coproducción

En sus alegaciones, el Ayuntamiento de Tomares remitió al CAA una copia del convenio suscrito en febrero de 2011, entre el alcalde de la localidad y la productora La Nación del Tercer Milenio, S.L. (vinculada al Grupo Intereconomía) cuyo objetivo es que los habitantes del municipio sevillano puedan "recibir información económica y bursátil mediante la emisión de programas coproducidos por la emisora municipal y la productora". El consistorio, sin embargo, "no ha facilitado el anexo del convenio, lo que obligó a realizar un informe sobre los contenidos emitidos durante cuatro días seleccionados de manera aleatoria", explica el Audiovisual.

El Consejo ha constatado que "en realidad, la retransmisión de los contenidos de Intereconomía abarca hasta el 75% de la programación diaria de la radio pública, y que no son programas coproducidos". Es decir, que lo que existe es una cesión de la programación a cambio de una contraprestación económica.

Según lo dispuesto en la legislación autonómica, los concesionarios de una emisora de radio deben comunicar a la Dirección General de Comunicación Social de la Junta de Andalucía cualquier cambio significativo que altere las condiciones y compromisos asumidos para la adjudicación de la licencia y, en particular, los cambios sustanciales en la programación.

En este sentido, el Consejo ha acordado además poner en conocimiento de la Dirección General de Comunicación Social de la Junta de Andalucía esta resolución, por si en el ámbito de sus competencias, procediera adoptar medidas correctoras ante conductas contrarias a los requisitos de gestión y control de emisoras de radio de titularidad municipal, para asegurar la independencia, la transparencia en la gestión empresarial, la neutralidad, el pluralismo informativo, la participación política de los diferentes grupos que integran la Corporación municipal en el control de los contenidos y la participación de la ciudadanía en su programación.

Por otra parte, el CAA advierte al Ayuntamiento de Tomares que el régimen jurídico aplicable a un prestador del servicio de titularidad privada no es equiparable a las obligaciones exigidas al servicio público de comunicación audiovisual, que tiene unas obligaciones recogidas claramente en el Estatuto de Autonomía de Andalucía y en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

La resolución se ha remitido también a la Corporación municipal de Tomares, como órgano responsable del control de la radio municipal y por tanto, de velar porque cumpla los principios de independencia, pluralismo y objetividad, así como garantizar la óptima gestión económica y financiera.

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