TSJPV obliga a reducir los servicios mínimos en urgencias geriáticas, residencias de menores y gasolineras

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado parcialmente el recurso de los sindicatos convocantes de la huelga general y ha decidido suspender de forma cautelar los puntos en los que se establecen los servicios mínimos en urgencias geriátricas, residencias de menores y viviendas comunitarias y gasolineras.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado parcialmente el recurso de los sindicatos convocantes de la huelga general y ha decidido suspender de forma cautelar los puntos en los que se establecen los servicios mínimos en urgencias geriátricas, residencias de menores y viviendas comunitarias y gasolineras.

Sin embargo, en su auto, dictado este pasado 25 de septiembre, rechaza desestimar el resto de "pretensiones cautelares" de ELA, LAB y STEE-EILAS y mantiene el resto de los servicios mínimos dictados por el Departamento vasco de Empleo para la jornada de huelga general de este miércoles.

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