Condenado a cárcel por una casa ilegal en una parcela que va a ser legalizada por el Ayuntamiento

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha condenado a un hombre a un año de cárcel y al pago de una multa de 720 euros por construir una vivienda de 30 metros cuadrados con porche en suelo no urbanizable de la localidad sevillana de Alcalá de Guadaíra, todo ello a pesar de que el Ayuntamiento ha iniciado el procedimiento para regularizar la parcela donde se ubica el inmueble.

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha condenado a un hombre a un año de cárcel y al pago de una multa de 720 euros por construir una vivienda de 30 metros cuadrados con porche en suelo no urbanizable de la localidad sevillana de Alcalá de Guadaíra, todo ello a pesar de que el Ayuntamiento ha iniciado el procedimiento para regularizar la parcela donde se ubica el inmueble.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la juez considera probado que el acusado, J.I.S., adquirió en 2005 parte de una finca en la que se había llevado a cabo una parcelación "contraria" al ordenamiento jurídico. Por tanto, el imputado "estaba en realidad adquiriendo un terreno" de 1.000 metros cuadrados, constituyéndose junto al resto de propietarios de la finca una urbanización ilegal conocida como 'El Gallinero'.

En 2008, el acusado construyó una edificación destinada a vivienda no habitual con porche de 31 metros cuadrados, a pesar de que "conocía" que el suelo estaba clasificado como no urbanizable. Tales obras no son susceptibles de legalización, todo ello a pesar de que está en fase de aprobación inicial en el Ayuntamiento un nuevo Plan de Ordenación en el que se pretende clasificar la parcela donde se ubica la construcción como suelo urbanizable con uso eminentemente residencial.

El coste de demolición de lo indebidamente edificado se ha valorado en 2.765,44 euros, añade la juez, que pone de manifiesto que "no consta" que la esposa del acusado, imputada también en la causa, "conociera la forma de adquisición de la parcela y participara en el uso a que se destinó".

La sentencia argumenta que el acusado "ha admitido" ser el titular de la parcela y haber realizado, a su costa, la edificación, señalando que "el dolo se infiere" del documento de venta de la parcela, "en el que se hace constar la naturaleza no urbanizable del terreno".

Urbanización ilegal

"Con estos datos, no es que fuera patente la ilegalidad de la construcción en el terreno adquirido, sino la de la simple parcelación", asevera la juez, que agrega que "está ubicada en una urbanización ilegal donde los propietarios de las parcelaciones" obtienen el suministro eléctrico de derivaciones irregulares y el de agua de dos pozos ubicados en la finca matriz.

Respecto a la alegación de lo imputados de que existe la posibilidad de legalización posterior de lo edificado, la juez señala que la cuestión ya ha sido valorada por las audiencias provinciales, que "concluyen, si no unánimemente sí mayoritariamente, que el inicio de un proyecto de regularización del terreno por particulares o administraciones no es impedimento para la apreciación de la punibilidad de la conducta".

Así, "la infracción se comete vigente la calificación que impide la construcción y no puede condicionarse a ulteriores calificaciones, pues siempre el suelo de la naturaleza que sea es susceptible de otro encuadramiento con el transcurso del tiempo". "La modificación que se pretende está en fase de aprobación inicial, pero como dijo un técnico municipal puede sufrir cambios", señala la juez, que acuerda la demolición de lo construido.

"A fecha de 2009, nada parecía indicar la posibilidad que ahora de inicia de reclasificación de los terrenos, lo cual requiere una larga tramitación que puede culminar o no con un pronunciamiento favorable a la urbanización, y en la que se insta no sólo una actuación directa de varias administraciones públicas, sino de los propios interesados, a los efectos de dotar de las infraestructuras necesarias a una urbanización que, por el momento, es ilegal", concluye.

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