Condenan a un hombre por las lesiones causadas a otro por su perro tras escaparse de la casa

La Audiencia revoca la sentencia inicial, en la que el denunciado fue absuelto, y estima que debió adoptar medidas para evitar la fuga

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre por las lesiones causadas a otro por su perro cuando el animal salió de la vivienda mientras él no estaba. La Sala admite el recurso de apelación del perjudicado, revoca la absolución inicial y considera que el denunciado no adoptó las medidas necesarias "para evitar la fuga" del can. Se le condena al pago de una multa.

Los hechos sucedieron en abril de 2001 en la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre, cuando la víctima sufrió una mordedura en una mano de un perro raza pit-bull, propiedad del denunciado, aunque el juzgado encargado de enjuiciar el caso no consideró acreditado que éste estuviera ese día a esa hora en la casa desde la que salió el animal.

Por esto, se le absolvió. Pero, la decisión fue recurrida por la representación del perjudicado, la cual alegó, según se precisa en la resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que el dueño de un animal dañino o peligroso está obligado a tomar las medidas necesarias para evitar que se pueda ocasionar daños a terceros.

Ahora, la Sala ha estimado el recurso, considerando probado que el denunciado se había ausentado de la casa "sin adoptar las medidas necesarias para evitar la fuga del animal", el cual, al encontrar la puerta abierta, se había escapado y atacó al perjudicado cuando iba paseando con su perro, resultando heridos tanto el hombre como el animal.

El Tribunal de apelación lamenta en su resolución que "cada vez con más frecuencia nos encontramos con hechos como el presente en el que ciudadanos que transitan tranquilamente por las vías públicas son atacados por perros agresivos y peligrosos respecto de los cuales sus dueños no adoptan las precauciones necesarias".

Considera "verdaderamente graves" las consecuencias que tuvo el denunciante, que estuvo 90 días impedido para sus ocupaciones habituales; y entiende que no se puede eximir al dueño del perro de su responsabilidad penal por el hecho de estar fuera de la vivienda, apuntando que debe prever la posibilidad de que se escape el animal, "como así aconteció en este caso".

Así, revoca la sentencia, condenando al hombre por una falta contra los intereses generales, imponiéndole una pena de multa de 30 días con una cuota diaria de 10 euros; es decir, 300 euros; y que indemnice al denunciante por los daños y perjuicios sufridos, que se determinarán en la ejecución de la sentencia, siendo responsable civil directa una aseguradora.

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