El Gobierno de La Rioja establece las normas para la temporada de captura y tenencia de aves fringílidas

El Gobierno de La Rioja ha establecido las normas para la captura y/o tenencia de aves fringílidas en la comunidad autónoma para este año, según ha dado a conocer esta mañana. La temporada para los aficionados a los pájaros de canto viene determinada por una reducción de los días hábiles de captura, así como de los ejemplares que se podrán capturar, según se detalla en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

El Gobierno de La Rioja ha establecido las normas para la captura y/o tenencia de aves fringílidas en la comunidad autónoma para este año, según ha dado a conocer esta mañana. La temporada para los aficionados a los pájaros de canto viene determinada por una reducción de los días hábiles de captura, así como de los ejemplares que se podrán capturar, según se detalla en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR).

La tenencia de aves fringílidas para el perfeccionamiento de su canto o belleza es una actividad cultural tradicional en La Rioja y se concentra en cuatro especies: verderón (Carduelis chloris), verdecillo (Serinus serinus), jilguero (Carduelis carduelos) y pardillo (Carduelis cannabina). Estos animales únicamente pueden ser adquiridos por captura en estado silvestre, ya que la cría en cautividad no está suficientemente desarrollada como para permitir un suministro amplio y continuo.

Desde la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente autorizan en condiciones estrictamente controladas y de modo selectivo la captura en vivo y tenencia de ejemplares de aves fringílidas silvestres en pequeñas cantidades y siempre con la finalidad de su cría en cautividad y el perfeccionamiento de su canto o de su belleza.

Las autorizaciones están dirigidas exclusivamente a los miembros de sociedades de canaricultores y pájaros de canto legalmente constituidas y registradas.

Días hábiles y cupo diario y por temporada

La temporada constará de ocho días hábiles, cuatro menos que el año pasado, que serán los siguientes: 14, 20, 21, 27 y 28 de octubre y 1, 3 y 4 de noviembre. Se ha eliminado del calendario el periodo de capturas de septiembre.

Para la presente campaña el cupo de aves que se puede capturar y retener fijado para La Rioja por la Comisión Estatal de Patrimonio y la Biodiversidad es de 4.322 ejemplares con 1.702 jilgueros, 1.006 pardillos, 806 verderones y 808 verdecillos. La cifra global representa una reducción del 53 por ciento aproximadamente de los ejemplares capturados y retenidos en la anterior campaña.

El cupo por persona autorizada y día es de 8 ejemplares, con un máximo de 4 jilgueros. Se podrán capturar tanto machos como hembras. En el caso del número máximo de aves que se podrán retener por cada titular al final de la temporada es de 4 jilgueros, 2 pardillos y 2 verderones y 2 verdecillos. El resto de ejemplares capturados y no retenidos deberá ser devuelto al medio natural.

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