Procesan por asesinato, maltrato y dos delitos más al imputado por la muerte de su exmujer en 2011

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga ha decidido procesar al hombre imputado por matar a su exmujer con un hacha y un cuchillo en la barriada malagueña de El Palo, en febrero de 2011, por los delitos de asesinato, con la agravante de parentesco; por malos tratos habituales, por quebrantamiento de condena y por un delito de coacciones.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga ha decidido procesar al hombre imputado por matar a su exmujer con un hacha y un cuchillo en la barriada malagueña de El Palo, en febrero de 2011, por los delitos de asesinato, con la agravante de parentesco; por malos tratos habituales, por quebrantamiento de condena y por un delito de coacciones.

En el auto de procesamiento notificado, se señala que el hombre, que había sido previamente condenado por malos tratos a la víctima, la estaba "esperando" en una calle de El Palo y sobre las 09.10 horas, ella pasó tras dejar a su hija en el colegio, momento en el que el procesado se dirigió a la víctima y "la golpeó con un hacha en la cabeza y en la cara".

La mujer, indica la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, intentó huir por unas escaleras que había en la zona, pero cayó al suelo, "colocándose el imputado sobre la misma" y sacó un cuchillo de grandes dimensiones con el que "la agredió en varias ocasiones, haciéndole cortes en el cuello"; todo esto pese a los gritos de un testigo para que la dejara.

El hombre trató escapar pero fue retenido a pocos metros por un grupo de personas hasta que llegó la Policía y fue detenido. La jueza sostiene que, a pesar de tener una orden de alejamiento, acudió en varias ocasiones al barrio donde vivía la exmujer y entiende que para el procesado "la relación afectiva giraba en torno al poder, refuerzo de su autoestima y satisfacciones personales".

Se añade que ejercía "un rol dominante" y tendía a mostrarse "impositivo y firme a la hora de marcar los límites o normas de la relación de pareja, mostrándose violento a medida que percibía pérdida de control y poder en la relación", lo que, según considera, ocurrió cuando la mujer se incorporó al mundo laboral y retomó actividades personales.

Asimismo, en el auto de procesamiento se relatan algunas ocasiones en las que supuestamente la víctima habría sido agredida, como una ocasión en la que "la cogió del cuello porque decía que la casa estaba sucia", otra en la que "la arrastró de los pelos por la vivienda al acusarla de no hacerse cargo del hogar" o cuando se encerró en una habitación "por temor a reacciones violentas".

Para la jueza que instruye el procedimiento, por el momento los hechos se corresponden con un delito de asesinato, "por la forma en la que se desencadenaron los hechos", con otro de maltrato habitual, por los informes que existen en la causa; y de un delito de quebrantamiento de condena, por existir una sentencia previa con orden de alejamiento y haber sido visto cerca de su vivienda.

Asimismo, la instructora añade, respecto a las primeras imputaciones, el procesamiento por un delito de coacciones, por decirle a la víctima, tras separarse, que "no iba a pagar la manutención de la hija ni la hipoteca". Además, se requiere al hombre para que preste fianza de 400.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que se le puedan imponer.

La jueza explica que existen indicios racionales para el procesamiento del hombre que se extraen de la declaración de los testigos presenciales y de personas del entorno de la víctima, de los informes periciales y de la propia declaración del imputado, quien cuando fue detenido dijo tener lapsus de memoria y no recordar, pero sí afirmó que la vio el día de los hechos, pero de forma causal.

Esta resolución le ha sido comunicada esta semana al procesado, que está en prisión por estos hechos, el cual se ha negado a contestar a las preguntas realizadas en la declaración indagatoria y se ha limitado a indicar que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales por denegación de la práctica de pruebas, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

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