El fiscal solicita dos años de prisión para tres acusados de un delito societario

El fiscal solicita un total de dos años de prisión para cada uno de los tres acusados de un delito societario, en el que presuntamente incurrieron para cobrar de una cuarta persona -antiguo socio en una empresa- una deuda de 180.000 euros, con un proceso en el que consiguieron hacerse con sus acciones a un precio muy bajo.
Palacio De Justicia De Logroño
Palacio De Justicia De Logroño
EUROPA PRESS
Palacio De Justicia De Logroño

El fiscal solicita un total de dos años de prisión para cada uno de los tres acusados de un delito societario, en el que presuntamente incurrieron para cobrar de una cuarta persona -antiguo socio en una empresa- una deuda de 180.000 euros, con un proceso en el que consiguieron hacerse con sus acciones a un precio muy bajo.

Está previsto que el juicio por este caso se celebre el próximo martes, en el Juzgado de lo Penal. De acuerdo con el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se remontan al año 2005, cuando las cuatro personas constituyeron la mercantil Gran Ocón, ostentando cada socio el 25% del capital social, 516.000 euros.

Todos los socios fueron administradores mancomunados de la mercantil hasta enero de 2007, cuando R.C.I. renunció a su cargo "por disensiones con los otros socios". Poco después, este hombre reconoció, en escritura pública, una deuda de 180.000 euros a favor de la mercantil Promociones Galda 3 SL, constituida por los tres acusados -A.C.M., D.C.M. y S.G.U.-.

El compromiso era satisfacer esta deuda para el día 21 de mayo de 2007. Para atender al pago de la deuda, R.C.I. llegó a un acuerdo para vender a Asesoría Plaza sus participaciones sociales, un acuerdo que comunicó a los tres acusados en un burofax de fecha 6 de marzo de 2007.

Dos días después, también vía burofax, los acusados convocaron a R.C.I. a una Junta General para el 30 de marzo de 2007, con la aprobación o denegación del consentimiento de la sociedad a las transmisión de la totalidad de las acciones, comunicada por este último, como único punto en el orden del día.

Esta Junta se celebró sin la asistencia de R.C.I., tras lo cual, los acusados "a sabiendas de su situación de dominio de la empresa y sin ninguna justificación", le comunicaron la denegación del consentimiento para la transmisión propuesta.

Además, le indicaron que el comprador debería ser J.L.C.P., "a pesar de ser conocedores de que tenía dificultades para hacer frente a la compra de las participaciones, por carecer de recursos económicos". Ante esta situación, R.C.I. comunicó de nuevo su intención de negociar la compra "con varias entidades crediticias".

Pese a ello, "a sabiendas del retraso en la contestación de la comunicación de la petición de R.C.I. y que la persona que se iba a proponer no podía adquirir las participaciones por carecer de recursos económicos", cuando llegó la fecha del vencimiento de la deuda de 180.000 euros, los tres acusados interpusieron una demanda de ejecución forzosa de la deuda, señalando como bienes a embargar las participaciones sociales de R.C.I. en la mercantil Gran Ocón.

El embargo de estas acciones se le comunicó a la víctima el 19 de junio de 2007, y el 15 de octubre, se instó a la venta pública de las participaciones sociales, "adjudicándose el 16 de noviembre de 2007 como único postor al acusado A.C.M. con una postura de tan solo 7.000".

Todos estos hechos constituyen, para el fiscal, un delito societario, del que los acusados son responsables en concepto de autores, y por el que procede imponer a cada uno dos años de prisión, más una indemnización conjunta y solidaria al afectado "en los perjuicios económicos que se acrediten".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento