Un agricultor de Herencia niega haberse excedido en 800.00 metros cúbicos en el consumo de agua concedida

Un agricultor que tenía arrendada una finca en Herencia (Ciudad Real), P.R.A., ha negado este martes haberse excedido en 800.000 metros cúbicos en el consumo de agua sobre la concesión que tenían los propietarios durante las campañas de los años 2003 y 2004.

Un agricultor que tenía arrendada una finca en Herencia (Ciudad Real), P.R.A., ha negado este martes haberse excedido en 800.000 metros cúbicos en el consumo de agua sobre la concesión que tenían los propietarios durante las campañas de los años 2003 y 2004.

El juicio, que se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Ciudad Real, ha quedado visto para sentencia y en el mismo, las acusaciones, pública y privada, se han ratificado en su petición de una pena de cuatro años y medio de cárcel por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.

Por su lado, el abogado de la defensa ha solicitado la libre absolución, dado que, a su juicio, no existe un delito penal, sino simplemente una infracción administrativa.

El fiscal, alternativamente a la condena principal, solicitaba que se le castigue con una multa de seis meses con una cuota diaria de 18 euros por un delito de distracción de aguas.

Durante su declaración, el acusado ha señalado que para utilizar más agua de la concedida para la finca, utilizaba otros derechos de agua que tenía concedidos en otras fincas en la provincia.

Por otro lado, hijos de propietario de la finca, que ejercen la acusación particular, tras la llegada de un expediente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) han confirmado que le avisaron que dejara de excederse en el consumo de agua.

En total, a los propietarios se le abrieron tres expedientes por consumo excesivo de agua y se le impusieron multas, respectivamente, de 30.000, 45.000 y 300.000 euros, las cuales fueron recurridas y, finalmente, archivadas.

Por su parte, técnicos de la CHG han señalado que con solo ver la finca, donde se habían sembrado 50 hectáreas de alfalfa, se veía que el consumo era muy superior al permitido.

Han reconocido que, en el tiempo de los hechos, no existía la posibilidad legal de acumula derechos de agua en una sola finca y que, en todo caso, la acumulación se tendría que haberse hecho en fincas ubicadas en el mismo término municipal, lo que no ocurría en esta ocasión.

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