El TSJC rechaza que indemnicen a un niña que sufrió un accidente de esquí en una salida escolar

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TJSC) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo que ha presentado la familia de una niña que sufrió un accidente de esquí en una salida escolar en 2002 en la Vall de Núria (Girona), por lo que la Conselleria de Educación no deberá indemnizarla con 418.478 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TJSC) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo que ha presentado la familia de una niña que sufrió un accidente de esquí en una salida escolar en 2002 en la Vall de Núria (Girona), por lo que la Conselleria de Educación no deberá indemnizarla con 418.478 euros.

Tras finalizar la clase de esquí con los monitores, la niña —entonces de 12 años y alumna de primero de ESO de la escuela Arrahona de Sabadell (Barcelona)— siguió esquiando con otros compañeros de clase, aprovechando la hora libre que les habían dejado, ya que aún no tenían que devolver el equipo.

Sin embargo, la alumna perdió el control de los esquís, chocó contra la valla de contención de la pista y siguió deslizándose hasta topar contra un cañón de nieve, quedando en un estado "muy grave" y siendo evacuada en helicóptero hasta el Hospital de Sant Pau de Barcelona.

Según la sentencia, estuvo casi seis meses ingresada en el hospital y tardó un año entero en recuperarse de un traumatismo craneoencefálico, varias fracturas y hemorragias, heridas y contusiones de las que los padres culpan a los profesores por considerar que fueron "negligentes".

Según los demandantes, los profesores permitieron que los alumnos continuaran esquiando sin monitores y fuera de las horas convenidas, el equipo era "insuficiente" dado que no llevaban protección —casco, rodilleras, coderas, etcétera.—, y los mismos maestros no supervisaron a los alumnos.

Argumento del tsjc

Además de la indemnización que ya recibieron de 300.000 euros a través de la aseguradora, los padres de la entonces menor solicitan 418.478 euros más por los daños y las secuelas producidas.

El TSJC considera que no se puede complementar tal indemnización por la negligencia del deber de vigilancia de los profesores ya que la víctima esquió por un pista de principiantes y si perdió el control fue por causa ajena a la Administración: "No existe relación de causa efecto entre la actividad administrativa atribuida a los profesores y los daños sufridos en el lamentable accidente que padeció la menor".

Aducen que los profesores tampoco podrían haber evitado ni la caída ni sus consecuencias, pues se trataba de una niña de 12 años que ya tenía cierta autonomía, así como tampoco se los puede responsabilizar por no llevar casco porque en aquel momento no era obligatorio.

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