Recomendaciones para poner a punto la piscina comunitaria

  • El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid recomienda seguir 10 medidas para que la piscina comunitaria esté en perfecto estado.
  • En España hay un millón de piscinas; un 6% son comunitarias.
Una piscina de una comunidad de apartamentos de verano.
Una piscina de una comunidad de apartamentos de verano.
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Una piscina de una comunidad de apartamentos de verano.

Se calcula que en España hay un millón de piscinas, de las cuales el 6% son comunitarias. En éstas la responsabilidad alcanza parecidos niveles a los de una instalación municipal. Son muchos los bañistas y eso obliga a un serio compromiso con la seguridad para prevenir accidentes.

En el inicio de la temporada, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid recomienda diez medidas básicas para que el verano en la piscina comunitaria transcurra sin sobresaltos.

  • Acordar un reglamento de uso interno. Aunque no existe una ley estatal sobre piscinas, las comunidades de propietarios pueden tener sus propias normas de régimen interno que completen la normativa autonómica y municipal. Este reglamento debe estar colocado en un lugar visible de la entrada al recinto y establecer, entre otras normas, el aforo de la piscina, la vestimenta (no se podrá entrar con calzado de calle), horarios de apertura y cierre, horarios de cursillos de natación y otras actividades, ubicación del botiquín (en un lugar visible y de fácil acceso), etc. 
  • Revisar las instalaciones y vasos. Previa a la apertura de la piscina comunitaria, además de aportar las comunicaciones requeridas para el inicio de temporada, deberá comprobarse que las instalaciones están en perfecto estado: duchas, interior del vaso (azulejos no desprendidos o rotos), pavimentos o escalones con antideslizantes para evitar resbalones, escaleras bien sujetas, etc.
  • Extremar la vigilancia de los menores. Es aconsejable que el menor siempre vaya acompañado de un adulto. Asimismo, la comunidad debe prohibir los saltos al borde de la piscina, realizar actividades de forma violenta o entrar al vaso con cualquier tipo de objeto que pueda provocar daños en el resto de bañistas.
  • Contratar a un socorrista. Aunque en función del número de viviendas y las dimensiones del vaso, la normativa local o autonómica puede eximir a la comunidad de contar con un socorrista, siempre es recomendable contratar a un profesional.
  • Vigilar el estado de los sistemas y/o elementos de protección. A fin de evitar accidentes, es importante asegurar que todos los elementos de protección de los bañistas (vallado de la piscina, flotadores salvavidas, etc.) se encuentran en condiciones óptimas.
  • Disponer de un servicio de control de acceso. Es conveniente que a la entrada del recinto haya una persona que lleve un control e impida el acceso a terceros ajenos a la comunidad.
  • Apelar a la responsabilidad del usuario. Dado que la piscina, fuera del horario de funcionamiento, debe permanecer inaccesible a los usuarios, las personas que accedan a la misma salvando las medidas de seguridad serán, en caso de accidente, los responsables directos.
  • Limitar el uso de la piscina en las viviendas alquiladas. Si la vivienda está alquilada, propietario e inquilino no podrán disfrutar simultáneamente de este servicio. Normalmente, salvo pacto contrario entre las partes, el arrendador pierde a favor del arrendatario todos sus privilegios con respecto al uso y disfrute de los elementos comunes.
  • Recordar la prohibición de fumar en las zonas infantiles. La Ley Antitabaco permite fumar en las zonas al aire libre de la comunidad de propietarios, pero no así en los recintos de recreo infantil, como son las piscinas para niños.
  • Suprimir las barreras arquitectónicas. La comunidad deberá adecuar los accesos y eliminar las barreras arquitectónicas conforme a lo establecido en las distintas leyes estatales y autonómicas.
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