E.ON tendrá que vender el 32% de los activos de Endesa en España si su OPA tiene éxito

Las claves:
  • La OPA se lanzó el pasado mes de febrero.
  • La CNE ha aprobado la operación.
Manuel Pizarro, presidente de Endesa. (Efe)
Manuel Pizarro, presidente de Endesa. (Efe)
Efe
Manuel Pizarro, presidente de Endesa. (Efe)

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) aprobó este jueves la OPA de E.ON sobre Endesa, aunque estableció una serie de condiciones:

Entre estas condiciones figura la de la la venta de unos 7.000 megavatios (mw) de potencia en España.

Los 7.000 megavatios, un 32% de la potencia de Endesa en el mercado español, corresponden a la central nuclear de Ascó I, la única en la que tiene el 100% del capital, a las plantas que utilizan carbón nacional (posiblemente Teruel, Compostilla y Anllares ) y a la generación insular y extrapeninsular (Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla). Además, E.ON deberá ceder la gestión de las centrales nucleares en las que participa Endesa: Santa María de Garoña, Almaraz I y II, Ascó II, Vandellós II y Trillo, aunque en esta última el porcentaje es muy reducido.

También se da por descontado que E.ON deberá garantizar las inversiones comprometidas por Endesa en las actividades reguladas (transporte y distribución de electricidad y gas), lo que le exigirá cumplir los ratios de endeudamiento fijados por la CNE.

La decisión del Consejo se produjo tras un largo debate, que comenzó formalmente por la mañana, y estuvo precedida de varias votaciones previas. Según fuentes de la CNE, tras la decisión del Consejo se ha procedido a redactar el acta de la reunión, que se remitirá a las partes personadas en el proceso: la propia E.ON, Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, HC Energía, Caja Duero y la Xunta de Galicia.

El organismo regulador ha convocado una conferencia de prensa este viernes al mediodía para explicar los detalles del acuerdo.

Refuerzo de la CNE

El organismo regulador ha podido pronunciarse sobre la opa de E.ON gracias a las nuevas funciones que le otorgó el Gobierno el pasado mes de febrero.

El Real Decreto-Ley que amplió sus competencias señala que las operaciones de concentración en el sector energético podrán ser denegadas o sometidas a condiciones por la "existencia de riesgos significativos" para las actividades reguladas o para proteger el interés general, en particular los activos estratégicos.

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