Cantabria opta por no aplicar parte de la reforma laboral en los EREs de las empresas públicas

Ante la "gran inseguridad" sobre la aplicación a estas sociedades de las suspensiones de carácter temporal
Empleados Públicos De Cantabria Se Concentran Ante El Congreso Del PP
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SEMCA
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Cantabria ha optado por no aplicar parte de la reforma laboral en los Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) que se están culminando en las empresas públicas, dentro de la reorganización de este sector acometida por el Gobierno del presidente Ignacio Diego, ante la "gran inseguridad" que se sufre en la parte relacionada con las suspensiones temporales de empleo.

Se trata, específicamente, del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el contrato de trabajo podrá ser suspendido temporalmente, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando se prevea, documentalmente, que esa medida es necesaria para superar de una situación de carácter coyuntural de la actividad de la empresa.

Pero tras la reforma legislativa estatal en materia laboral, el Gobierno realizó consultas jurídicas y, después de ellas, se constató que existía una "gran inseguridad" sobre si ese artículo podía aplicarse en las empresas públicas, cuyos ingresos provengan en más de un 50% de presupuestos de la Administración.

Ese es el caso del ERE del SEMCA (la sociedad pública de emergencias), planteado para 28 de sus 121 trabajadores, y en el que, según recoge su memoria justificativa —a la que ha tenido acceso Europa Press—, se estudió inicialmente hacer un expediente mixto, que combinara los despidos (extinciones de contrato) con las suspensiones.

Algo parecido sucedió en el de MARE (Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía, empresa pública de la Consejería de Medio Ambiente), donde la primera versión del Expediente incluía reducciones de jornada, pero luego se comprobó que no podía hacerse así, por lo que se pasó a los despidos (que finalmente, por otra parte, no se han ejecutado al optarse por una nueva fórmula, la de trabajadores fijos discontinuos, que trabajen una parte del año y pasen la otra en el paro).

De modo que en ambos EREs la regulación se centró en la extinción de los contratos, al igual que en el recientemente planteado de Sodercan, y los ya finalizados en el Palacio de Festivales, la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social o el aprobado en Cantur, en el que ya se ha procedido a los primeros despidos.

"seguridad jurídica"

Y se ha optado por hacerlo así por "motivos jurídicos", según ha explicado a Europa Press la consejera de Presidencia y Justicia del Gobierno de Cantabria, Leticia Díaz, quien ha argumentado que tras los estudios realizados se entendió que con esta fórmula habría "mayor seguridad jurídica".

La naturaleza pública de estos entes supone una serie de "restricciones" en la regulación laboral que, "en condiciones normales", ha afirmado la consejera, "no tendrían porque darse", en una situación en la que también se están produciendo casos en el resto del país.

Díaz ha defendido que a la hora de abordarse estos expedientes, cada ERE "partía de una situación", por lo que ha tenido su propio estudio, siempre desde la base de la búsqueda de la mayor viabilidad en cada empresa pública, atendiendo a la situación desde la que se parte en cada una de ellas, e intentando siempre que la destrucción de empleo sea la menor posible.

"gran inseguridad"

En el caso del SEMCA, la memoria admite la "gran inseguridad" que existe en los casos de suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor.

De modo que se optó por "abandonar" la primera idea, la de un ERE mixto de extinción y suspensión.

Después de la reforma, argumenta, "existe una gran inseguridad" en un punto relacionado con la aplicación de las suspensiones de empleo por causas económicas, técnicas u organizativas en las sociedades públicas mercantiles cuyos ingresos provengan en más de un 50% de presupuestos de Administraciones públicas.

Las dudas le surgieron al Gobierno tras consultas jurídicas, y, dado que el SEMCA es precisamente una sociedad pública en la que las aportaciones de la Administración superan la mitad de sus ingresos, "se ha tenido que abandonar" la idea del ERE con suspensión.

En el Gobierno temían la situación de "indefensión" en que quedarían los trabajadores afectados si, después de la tramitación del procedimiento oportuno, no se realizara el abono de las prestaciones de desempleo por parte del Servicio Público Estatal, "y nos viésemos todos inmersos en un proceso judicial" que resuelva la situación.

Por eso, ante la renuncia a aplicar ERE de suspensión, el que presentó el Gobierno para el SEMCA, fue sólo de extinción —de despidos—, de modo que para intentar reducir los despidos, se han buscado otras fórmulas, como las prejubilaciones, las bajas voluntarias o las recolocaciones.

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