Emtre apercibe a los Ayuntamientos de Quart, Godella, Albal y Rocafort por infringir la ordenanza de la Tamer

La Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (Emtre) ha notificado en el día de hoy una resolución a los Ayuntamientos de Quart de Poblet, Godella, Albal y Rocafort que da respuesta a estos ayuntamientos en su pretensión manifestada de no permitir el cobro de la tasa de basura (Tamer) en el recibo del agua, aunque así esté contemplado en la Ordenanza que la regula y que se encuentra en vigor.

La Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (Emtre) ha notificado en el día de hoy una resolución a los Ayuntamientos de Quart de Poblet, Godella, Albal y Rocafort que da respuesta a estos ayuntamientos en su pretensión manifestada de no permitir el cobro de la tasa de basura (Tamer) en el recibo del agua, aunque así esté contemplado en la Ordenanza que la regula y que se encuentra en vigor.

La resolución, firmada por la presidenta de la Emtre, Mª Àngels Ramón-Llin, apercibe, "expresa y rotundamente", a los citados ayuntamientos, que como miembros de la Emtre "tienen la obligación que les corresponde respecto a la Tamer" y, por tanto, se les ordena que "se abstengan de intervenir en ámbitos que no son de su competencia, sino de la Emtre".

Asimismo, se les advierte de "las consecuencias de todo orden, personales, administrativas y patrimoniales que pueden derivarse de la desatención de este apercibimiento", según ha informado la entidad en un comunicado.

La resolución va acompañada por un informe jurídico del secretario de la entidad, quien también rubrica dicho escrito. La presidenta, Mª Àngels Ramón-Llin, ha afirmado que "lo primero que hay que hacer es poner orden y ver dónde estamos cada uno".

"debemos cumplir las normas"

Al respecto, ha indicado que la Tamer se encuentra en estos momentos vigente, "ya que no ha sido ni anulada ni suspendida" y, por tanto, "es de obligado cumplimiento para todos los municipios que conforman la Emtre". "Nos guste o no, esa es la realidad, porque todos debemos cumplir las normas jurídicas democráticamente aprobadas, y también las fiscales", ha subrayado.

"¿Alguien puede, unilateralmente, decidir qué tasas o impuestos paga? Pues no, independientemente de que la cantidad nos parezca adecuada o no", ha añadido Ramón-Llin.

Según los informes jurídicos de la Emtre, estos actos de "obstaculización" del cumplimiento del convenio entre la entidad y la empresa concesionaria del agua, que es quien cobra esta tasa, suponen "una clara infracción de la ordenanza" y, por ende, "una intromisión ilegítima municipal" en el ejercicio de las competencias de la EMTRE.

Así, la Emtre "se ha visto obligada a realizar este apercibimiento expreso a los citados ayuntamientos para que sepan claramente las responsabilidades en las que pueden incurrir si persisten en su actuación ilegal, y que pueden dar lugar a la obligación del municipio de asumir los daños y perjuicios que cause dicha actuación, así como a otras responsabilidades para el caso de desobediencia a la orden administrativa", han destacado desde la entidad.

Además, concluye que las empresas gestoras del agua en estos municipios "tienen una obligación legal de continuar incluyendo la Tamer en el recibo del agua".

"Todos los municipios que conforman la Emtre tienen unas obligaciones que asumir en lo que respecta al tratamiento, valorización y eliminación de residuos, y por tanto, a su financiación, y eso es lo que hay que explicar a los ciudadanos sin engañarles ni utilizar como arma política la situación tan difícil que están sufriendo muchos españoles", ha concluido Mª Àngels Ramón-Llin.

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