El Justicia recuerda que los Ayuntamientos deberán publicar de forma digital las sanciones de tráfico

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recordado a los Ayuntamientos que deberán publicar en el soporte informático del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico las notificaciones que no se hayan podido practicar en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio del interesado.
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón
EUROPA PRESS
Fernando García Vicente, Justicia De Aragón

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recordado a los Ayuntamientos que deberán publicar en el soporte informático del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico las notificaciones que no se hayan podido practicar en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio del interesado.

Esta publicación será obligatoria a partir del 25 de mayo de este año, según establece la Disposición Transitoria Única de la Orden INT/3022/2010, de 23 de noviembre, por la que se regula dicho Tablón Edictal.

García Vicente ha explicado que esta Resolución se ha remitido a todos los ayuntamientos aragoneses con competencia en materia de tráfico y también se ha trasladado al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón, además de las diputaciones provinciales y a las comarcas para que le otorguen la debida difusión.

Desde el Justiciazgo han recordado que dicha Disposición Transitoria Única recoge que "la implantación efectiva de la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico de las notificaciones que no se hayan podido practicar en la Dirección Electrónica Vial o en el domicilio del interesado, por parte de las Administraciones Locales con competencia sancionadora en materia de tráfico, se podrá realizar de forma progresiva en función de la disponibilidad de los medios técnicos necesarios para ello".

Añade el texto que "en todo caso, éstas vendrán obligadas a efectuar la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico de dichas notificaciones a partir del 25 de mayo de 2012".

García Vicente ha justificado este recordatorio al apuntar la próxima entrada en vigor de un aspecto del nuevo procedimiento sancionador establecido por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora.

Relación con ciudadanos

Así, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, ha venido a consagrar la relación con las administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para dichas administraciones, ha indicado García Vicente.

El artículo 12 de dicha ley establece que la publicación de actos y comunicaciones que, por disposición legal o reglamentaria, deban publicarse en tablón de anuncios o edictos, "podrá ser sustituida o complementada por su publicación en la sede electrónica del organismo correspondiente".

En este contexto, la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, ha creado el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en formato digital, que se constituye en un tablón de anuncios o edictos, conforme a lo dispuesto en el citado artículo 12.

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