El Gobierno aplicará desde este año el límite salarial a las cúpulas de entidades con ayudas, como Novagalicia Banco

Las retribuciones variables no se cobrarán durante al menos tres años y no podrán superar el 60% del salario fijo
Luis De Guindos
Luis De Guindos
EUROPA PRESS
Luis De Guindos

El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha avanzado que la limitación de los sueldos en las cúpulas de entidades con ayudas públicas o intervenidas por el Estado se aplicará desde este mismo año.

Durante su primera intervención de la Legislatura en la Comisión de Economía y Competitividad en el Senado, De Guindos concretó que este límite se incluirá en el proyecto de orden ministerial que desarrolla el decreto sobre las remuneraciones de las entidades con ayudas públicas y que se presentará en "audiencia pública" este viernes.

El Gobierno aprobó por decreto el pasado 3 de febrero la limitación a 600.000 euros en el sueldo de la cúpula en las entidades que han recibido ayudas públicas y a 300.000 euros en las que han sido intervenidas por el Estado.

El presidente de Novagalicia Banco, José María Castellano, percibe 899.290 euros al año, mientras el consejero delegado, César González Bueno, recibe 891.180 euros anuales, según hizo público a finales de diciembre de 2011, a requerimiento del Gobierno central, la entidad financiera.

El titular de Economía precisó además que congelará la retribución variable de los miembros de las entidades con ayudas públicas pero que no estén intervenidas por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) durante al menos tres años.

Los directivos podrán cobrar estos sueldos "siempre y cuando" hayan cumplido con las obligaciones comprometidas con el FROB y cuando se hayan reintegrado "absoluta e íntegramente" las ayudas recibidas del Estado.

Fuentes del Ministerio de Economía y Competitividad precisaron a Europa Press que las retribuciones variables en las entidades con ayudas no podrán superar el 60% del salario fijo. Sólo se permitirá alcanzar el 100% en el caso de directivos contratados con posterioridad a la ayuda y previa autorización del Banco de España.

Las mismas fuentes aclararon que en las fusiones sólo se aplicarán estas limitaciones si las entidades recibieron financiación pública procedente del denominado FROB-1.

Orden ministerial

El proyecto de desarrollo del decreto sobre retribuciones en entidades con ayudas también contempla que el cálculo de las retribuciones máximas percibidas por las cúpulas incluirá "todas" las remuneraciones, ya sean ejercidas como cargos por cuenta propia o por representación de la entidad.

Todos los contratos incluidos en este proyecto de orden ministerial no contendrán previsiones de indemnización por finalización de contrato superiores a las fijadas en el decreto.

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