Municipios a la 'caza' de mendigos y de vecinos incívicos y molestos

  • Las distintas ordenanzas municipales penalizan a quienes hacen botellón, acampadas, tiran chicles al suelo, comen en grupo o tienden la ropa a la vista.
  • La prostitución y la mendicidad son las actividades más perseguidas en los ayuntamientos de España.
  • Las multas por algunos de estos comportamientos pueden llegar a los 3.000 euros.
Una mujer pide lismona por las calle de Valladolid donde el pleno municipal ha aprobado una ordenanza para multar de 700 a 1.500 a quienes ejerzan la mendicidad.
Una mujer pide lismona por las calle de Valladolid donde el pleno municipal ha aprobado una ordenanza para multar de 700 a 1.500 a quienes ejerzan la mendicidad.
Nacho Gallego / EFE
Una mujer pide lismona por las calle de Valladolid donde el pleno municipal ha aprobado una ordenanza para multar de 700 a 1.500 a quienes ejerzan la mendicidad.

Mendigar, transitar en bañador por la calle, orinar y escupir en la vía pública, pescar en los estanques de los parques o practicar sexo en público son comportamientos que, dependiendo de la ciudad en que se lleven a cabo, pueden estar castigados o no. Cada ayuntamiento tiene potestad para regular, prohibir y penalizar las acciones de los ciudadanos que considera molestas o incívicas.

Esto da lugar a una amplia y variada gama de ordenanzas municipales -algunas muy curiosas-, que no siempre son bien recibidas por la población. Esta semana saltó la polémica después de que el pleno municipal de Valladolid aprobara una modificación de la Ordenanza Municipal de Protección de Convivencia Ciudadana que multa hasta con 750 euros transitar en bañador por la ciudad.

El Ayuntamiento de Barcelona ya había aprobado una ordenanza similar hace un año, aunque la cuantía de las multas por pasear desnudo o en bañador por la calle es menor que la que contempla la normativa vallisoletana (entre 150 y 500 euros). El texto de Valladolid censura también la mendicidad en las vías y espacios públicos, con multas que oscilan entre 700 y 1.500 euros, si se hace con actitud coactiva o de acoso.

Prostitución fuera de las calles

Los mendigos 'molestos' también podrán ser multados con 750 euros en Coslada. El ayuntamiento de esta localidad madrileña va a aprobar en breve una ordenanza que, además de la mendicidad, sancionará también "los servicios sexuales en plena calle", hasta con 3.000 euros si se hace a menos de 200 metros de un colegio.

Ejercer la prostitución o practicar actos sexuales en la vía pública son conductas prohibidas en muchos municipios, entre ellos, el de Alcalá de Henares (Madrid) donde la sanción se eleva a 3.000 euros.

Esta semana también el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) ha aprobado una ordenanza que sanciona la mendicidad "con coacción y acoso" y la oferta y demanda de prostitución en la calle, que será especialmente castigada cuando se lleve a cabo a menos de 200 metros de centros educativos, zonas residenciales o cualquier otro lugar donde se realice una actividad comercial o empresarial.

En Albacete, la prostitución y el botellón quedarán prohibidos a partir del 22 de marzo y podrán ser sancionados con multas de 3.000 euros, incluso a los clientes de las prostitutas, según una ordenanza municipal. Hasta con 1.500 euros pueden ser multados en Ciudad Real quienes ofrezcan o demanden servicios de prostitución en la calle.

A la caza del 'gorrilla'

Acabar con la presencia en las calles de los 'gorrillas' o aparcacoches ilegales que piden dinero a cambio de indicar un lugar para estacionar el vehículo es el objetivo de algunos municipios. El ayuntamiento de Sevilla comenzó el pasado mes de octubre una campaña para poner fin a esta práctica y contempla la posibilidad de que la policía imponga sanciones económicas a los aparcacoches, que pueden ser sustituidas por trabajos en beneficios de la comunidad.

El debate sobre la necesidad de regular o no la actividad de los 'gorrillas' está también abierto en Valencia, si bien no existe ninguna normativa al respecto. No obstante, pueden ser multados, al igual que los mendigos por incumplir la Ley de Seguridad Vial.

Organizar botellón o reuniones masivas en calles puede conllevar una multa de entre 750 y 1.500 euros en Zaragoza, según recoge la Ordenanza cívica que también prevé sanciones por escupir u orinar en la vía pública, dañar el mobiliario urbano o realizar pintadas, inscripciones o grafismos.

Toque de queda para los estudiantes

Especialmente 'curiosas' son las ordenanzas municipales de dos municipios grancanarios. En Agüimes, los estudiantes de Secundaria no pueden permanecer en la calle entre las 23.00 y las 06.00 horas (de domingo a jueves), una norma que tiene como objetivo combatir el absentismo y el fracaso escolar.

La localidad de Mogán ha elaborado una ordenanza, en fase de alegaciones hasta hace unos días, que prevé habilitar playas para fumadores (con ceniceros fijos) y para no fumadores. Las acampadas en las vías públicas están expresamente prohibidas en Valladolid, Zamora y Salamanca.

Bañarse en las fuentes, orinar y escupir en la calle, hacer ruido, subirse a los árboles y romper plantas son epígrafes que aparecen en la mayoría de las normativas de las capitales castellanoleonesas. En Zamora está prohibido comer en la calle en grupo o dormir en los bancos; en Soria, tirar serpentinas; en León, tirar chicles al suelo; en Segovia, tender la ropa en la calle y en Ávila, cazar y pescar en los parques y jardines.

Una ordenanza de Ciudad Real sanciona acciones como correr y saltar en la vía pública o "formar grupos" en la calle que entorpezcan la circulación.

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