Dos años de prisión para un hombre por abusar de su hija adoptiva de cinco

La Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a dos años de prisión por abuso sexual, cometido contra su hija, que tenía entonces cinco años. Además, no podrá acercarse ni comunicarse con ella a menos de 300 metros durante cuatro años, y se le inhabilita para ejercer la patria potestad sobre la niña durante seis años.

La Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a dos años de prisión por abuso sexual, cometido contra su hija, que tenía entonces cinco años. Además, no podrá acercarse ni comunicarse con ella a menos de 300 metros durante cuatro años, y se le inhabilita para ejercer la patria potestad sobre la niña durante seis años.

La sentencia considera probado que entre octubre de 2005 y marzo de 2006, el acusado, Marco Marcelo O.M., de 34 años en ese momento, y de nacionalidad ecuatoriana, realizó en su domicilio actos de contenido sexual con la menor, hija biológica de su excompañera sentimental, que la dejaba a veces a su cargo por motivos de trabajo.

Los actos consistieron en besarla en la boca y colocar su pene junto a los glúteos de la niña, sin que conste si realizó tales actos en una o en diferentes ocasiones.

En el juicio, el acusado reconoció que besó en la boca a la pequeña, lo que calificó como "piquitos", si bien lo justificó como un gesto de afecto paterno, lo que la niña negó.

Por su parte la madre de la menor, declaró que cuando su expareja se trasladó a vivir a Palma de Mallorca, su hija le contó que, además de besarla en la boca, su padre le "ponía el pene atrás", además de otros actos que la sentencia no considera probados.

La menor, que ahora tiene once años, declaró por videoconferencia y manifestó que su padre "abusó de ella", aunque no relató espontáneamente ningún acto de abuso concreto.

Para la Sección Primera de la Audiencia, la credibilidad del relato de la víctima "es total", y sostiene que no puede considerarse que exista "ningún resentimiento o ánimo de venganza" por parte de su madre con el fin de perjudicar al acusa.

La sentencia condena también al acusado a indemnizar al Servicio Cántabro de Salud, donde fue asistida la niña, con 48,16 euros más los intereses, así como el abono de las costas procesales.

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