Desarrollo Rural convoca ayudas por 175.000 euros para el fomento del asociacionismo agrario en Cantabria

Se podrán financiar actuaciones relacionadas con la calidad y la implantación de sistemas de trazabilidad, entre otras
Explotación ganadera
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EUROPA PRESS
Explotación ganadera

La Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural ha convocado para este año 2012 las ayudas para el fomento del asociacionismo agrario en Cantabria que suman un total de 175.000 euros, y con las que se podrán subvencionar la constitución y funcionamiento de entidades asociativas agrarias; la asistencia técnica al sector agrario; o actuaciones relacionadas con la calidad y la implantación de sistemas de trazabilidad. El plazo para presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día 27 de febrero.

Según consta en la convocatoria, consultada por Europa Press, podrán acceder a estas ayudas, cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de tierras o ganado, SAT y sus agrupaciones o uniones, inscritas en los registros correspondientes, que tengan su sede social y desarrollen su actividad en Cantabria y que cumplan con los requisitos exigidos para cada tipo de ayuda.

Igualmente podrán optar a estas subvenciones las cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de tierras o ganado, SAT y sus agrupaciones o uniones ya constituidas, que incrementen al menos un 30% la cifra de su volumen de negocio, bien por la adhesión de nuevos socios o por la inclusión de nuevos productos o sectores en sus actividades.

Finalmente también podrán ser beneficiarias las entidades asociativas resultantes de un proceso de fusión o absorción cooperativa en el ámbito de la comunidad autónoma, inscrito en el registro correspondiente, siempre que se haya producido la desaparición de alguna de las entidades intervinientes y que la suma de los valores del volumen de negocio del conjunto de las entidades absorbidas suponga al menos el 30% del valor del volumen de negocio de la entidad absorbente.

La convocatoria especifica que en el caso de las ayudas destinadas a la constitución y funcionamiento de entidades asociativas agrarias, la entidad beneficiaria tendrá un mínimo de 20 socios en el caso de entidades relacionadas con el sector bovino y 10 socios en el resto de actividades, salvo que se trate de una cooperativa de segundo grado o una unión o agrupación de cooperativas o SAT, en cuyo caso debe cumplirse que el número de socios agrupados por las entidades de segundo grado, uniones o agrupaciones, alcancen los mínimos mencionados.

En este caso se podrán subvencionar los gastos derivados de la creación, fusión o absorción de entidades asociativas; o los gastos de gestión durante los cinco primeros años de funcionamiento y antes del séptimo año siguiente al reconocimiento de la organización de productores.

Respecto a las ayudas destinadas a la asistencia técnica al sector agrario, la entidad beneficiaria también deberá tener un mínimo de 20 socios en el caso de entidades relacionadas con el sector bovino y 10 socios en el resto de actividades.

Con estas ayudas se podrán subvencionar los servicios de asesoría siempre que no constituyan una actividad continua o periódica ni estén relacionados con los gastos de funcionamiento habituales de la empresa, tales como el análisis de viabilidad de proyectos e inversiones o estudios de mercado, y también se podrán emplear las ayudas para la organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias y participación en dichos eventos.

Finalmente y por lo que se refiere a las ayudas para actuaciones relacionadas con la calidad y la implantación de sistemas de trazabilidad, se podrán subvencionar los costes derivados de la implantación de sistemas de garantía de la calidad, tales como ISO 9000 a 14000, sistemas APPCC y sistemas de auditoría ambiental, o los gastos de formación del personal para la aplicación de los métodos de garantía de la calidad.

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