Absuelven a Diputación de responsabilidad penal por derrames al Tinto desde la planta de Villarrasa

El Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha absuelto a la Diputación Provincial de Huelva de un delito contra los recursos naturales, condenando a tres meses de prisión y a pagar una multa de 1.200 euros al que fuera director de Reciclados del Tinto y el Odiel --empresa concesionaria de la Planta de Tratamiento de Residuos de Villarrasa, de la que la Diputación es titular de las instalaciones-- por este mismo delito al considerarlo responsable de pequeños derrames al río Tinto.
Zona Del Río Tinto En La Provincia De Huelva, Donde Se Ha Hecho El Estudio.
Zona Del Río Tinto En La Provincia De Huelva, Donde Se Ha Hecho El Estudio.
EUROPA PRESS/CSIC
Zona Del Río Tinto En La Provincia De Huelva, Donde Se Ha Hecho El Estudio.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha absuelto a la Diputación Provincial de Huelva de un delito contra los recursos naturales, condenando a tres meses de prisión y a pagar una multa de 1.200 euros al que fuera director de Reciclados del Tinto y el Odiel —empresa concesionaria de la Planta de Tratamiento de Residuos de Villarrasa, de la que la Diputación es titular de las instalaciones— por este mismo delito al considerarlo responsable de pequeños derrames al río Tinto.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez considera probado que en el vertedero se encontraba una balsa de recogida de los lixiviados, de construcción e impermeabilización irregular, lo que provocó, en época de excesivas lluvias, la filtración puntual de los mencionados lixiviados que vertían hacía el cauce de la cañada La Morita, el cual desemboca al arroyo Rubio y éste a su vez al río Tinto, motivo por el cual ha condenando también al director a la inhabilitación especial para la dirección y gerencia de planta de compostaje durante seis meses.

En materia de responsabilidad civil, el juzgado condena al acusado y, como responsable civil subsidiario, a la Diputación Provincial de Huelva, a la ejecución de un plan de restauración del río Tinto que se materializará en el arroyo Buenavista que es el que más próximo pasa a la planta de Villarrasa, mediante un proyecto de restauración de cauce y recogida y limpieza de pluviales que conllevará dos actuaciones principales, como es la repoblación de árboles y limpieza del cauce y la instalación de un filtro verde.

Del mismo modo, considera que en el seno de dicha actividad se produjeron derrames puntuales de tales sustancias al cauce del río Tinto, contraviniendo lo dispuesto en la normativa protectora del medio ambiente, que produjeron un riesgo para el medio ambiente y la salud de las personas.

Para el desarrollo de los hechos relatados, el dominio funcional de los mismos correspondía al director gerente de la planta de tratamiento de Villarrasa, que actuaba por cuenta de la empresa titular de la explotación con responsabilidad en relación con los residuos que en la planta se recibían, así como en el funcionamiento de la planta y que el mismo se hiciera con pleno cumplimiento de la normativa medio ambiental.

También considera probado que por su parte, la Diputación Provincial de Huelva, como titular de la explotación, era la responsable del mantenimiento y control de la planta, no obstante, ello y, a pesar de que tuvo conocimiento de la actividad anteriormente descrita, adoptó medidas y actuaciones que resultaron "insuficientes para evitar la actividad anteriormente descrita", sin embargo no ha podido concretarse dentro de la estructura de la Diputación Provincial la persona concreta que tuvo el dominio funcional de los hechos.

El presente procedimiento se inició en 2002, habiéndose extendido la instrucción de la causa más de nueve años por causas no imputables al condenado.

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