Condenado a dos años de cárcel por agredir a un varón con un cuchillo de caza y una hoz

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a A.D.C. a dos años de prisión tras agredir en agosto de 2009 a un varón con un cuchillo de caza y con una pequeña hoz en la localidad jiennense de Cabra del Santo Cristo, según relata el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a A.D.C. a dos años de prisión tras agredir en agosto de 2009 a un varón con un cuchillo de caza y con una pequeña hoz en la localidad jiennense de Cabra del Santo Cristo, según relata el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press.

Así, la sentencia relata que sobre las 23,00 horas del 29 de agosto de 2009 la víctima se presentó en el domicilio del acusado, y, tras una discusión, el acusado se introdujo en su casa para coger un cuchillo de caza y una pequeña hoz, agrediendo con ellos a dicha persona.

Como consecuencia de estos hechos, según detalla el Juzgado de lo Penal, la víctima sufrió erosiones múltiples en la espalda, hombros y brazos, herida incisa de tres centímetros de longitud y otra herida en la axila derecha precisando puntos de sutura y tardando en curar 23 días, siete de los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales.

De esta manera, como se recuerda en el relato de hechos, si bien el acusado afirmó en el plenario que "no le agredió con el cuchillo y la hoz", sin embargo, reconoció que "entró en su casa y cogió el cuchillo y la hoz", a lo cual cabe añadir la declaración prestada por el perjudicada en calidad de testigo, quien manifestó en el plenario que "tuvieron una discusión y el acusado salió con dos cuchillos y tuvo lesiones".

Al parecer, es admitida por ambos la existencia de desaveniencias. Además, un sobrino del acusado testificó en el plenario que "vio a su tío con los cuchillos en la mano y el muchacho se cayó y su tío se acercó", asegurando que "no vio a su tío agredir al otro", aunque reconoció que "estaban los dos en el suelo y los tuvo que separar".

De otro lado, el juzgado ha destacado que no puede afirmarse que la víctima vertiera amenazas de muerte a la mujer e hijos del acusado y que ello implicara un peligro real, grave e inminente, pues en este sentido únicamente se practicó la testifical de la esposa del acusado, quien, si bien afirmó que la víctima les amenazó de muerte y le dio un puñetazo en el ojo a su marido, por el contrario, uno de los peritos manifestó que el acusado "solo presentaba una crisis de ansiedad".

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a A.D.C. como autor criminalmente responsable de un delito de lesiones en su modalidad agravada por el uso de instrumento peligroso, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad, a la pena de dos años de prisión. Además, indemnizará en concepto de responsabilidad civil al agredido en la cantidad de 830 euros por las lesiones que le causó.

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