Una aseguradora no deberá indemnizar por una muerte en accidente bajo los efectos de drogas y alcohol

La Audiencia de Cantabria ha rechazado que una empresa aseguradora deba indemnizar a los padres de un fallecido en accidente de tráfico debido a que este se produjo bajo los efectos de las drogas y el alcohol.

La Audiencia de Cantabria ha rechazado que una empresa aseguradora deba indemnizar a los padres de un fallecido en accidente de tráfico debido a que este se produjo bajo los efectos de las drogas y el alcohol.

Los padres del fallecido reclamaban una indemnización de 50.000 euros por el accidente de tráfico en el que murió su hijo, en unas pretensiones respecto a las que inicialmente les dio la razón el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santander.

El accidente se produjo en diciembre de 2007, y entonces ya quedó probado que fue bajo los efectos del alcohol y de drogas.

El fallo de la Audiencia se remite a sentencias del Supremo, en las que se establece que esta situación, los accidentes por embriaguez o drogas, pueden reflejarse en las condiciones del seguro voluntario si así se pacta, cosa que aquí no sucedió, que fue excluida como causa.

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