La Xunta ha creado la tarjeta sanitaria veterinaria, un documento administrativo "personal e intransferible" emitido a favor de los propietarios de los animales incluidos en el ámbito de aplicación del decreto aprobado este jueves por la reunión semanal del Ejecutivo gallego.
En concreto, el Consello ha aprobado el decreto de la Consellería do Medio Rural e do Mar por el que se regulan las condiciones de comercialización y uso de los medicamentos veterinarios en la Comunidad Autónoma.
La tarjeta sanitaria veterinaria es un instrumento "básico de identificación" que resultará "de gran utilidad", según augura el Gobierno autonómico en un comunicado remitido a los medios al término del Consello. "Podrá facilitar los trámites de control en la cadena alimentaria", ha destacado el presidente Alberto Núñez Feijóo en rueda de prensa.
El documento identifica a su titular y le da acceso a toda la información relativa a las prescripciones y registros de los tratamientos suministrados a los animales de su propiedad.
De este modo, "se convierte en una herramienta básica de relación entre propietarios de animales, facultativos veterinarios, establecimientos dispensadores de medicamentos y la propia Consellería do Medio Rural e do Mar, a través de la Dirección Xeral de Produción Agropecuaria", subraya la Xunta.
Al contener "toda la información" del histórico de prescripciones y tratamientos a los animales, resultará "de gran utilidad tanto para los propietarios de animales de compañía como para los titulares de explotaciones ganaderas", advierte.
Receta veterinaria
En función de las indicaciones recogidas en el real decreto, las recetas emitidas en Galicia por facultativos veterinarios se editarán en gallego y castellano y podrán emitirse informáticamente siempre que el usuario disponga de certificado digital y a través de un dispositivo de firma electrónica.
La receta constará de un original para el establecimiento dispensador y copias para el propietario o responsable de los animales y otra que será retenida por el veterinario que efectúe la prescripción —se conservará por un periodo de cinco años—. REGULACIÓN
Con todo ello, el objetivo de la norma es regular, en el territorio gallego, las condiciones de prescripción veterinaria, registrando estos tratamientos en las explotaciones ganaderas de animales productores de alimento y comunicando los depósitos de medicamentos de empleo en el ejercicio profesional veterinario.
Asimismo, procede a la autorización y registro de establecimientos distribuidores, dispensadores y elaboradores de este tipo de material, incluidos los destinados a animales de terrario, pájaros ornamentales, peces de acuario y pequeños roedores. ESTABLECIMIENTOS
La presente norma establece, también, el registro de puntos de venta de medicamentos veterinarios por otros canales que no requieran prescripción veterinaria, registro de carácter público adscrito a la Consellería do Medio Rural e do Mar. Son "todos aquellos destinados a animales de terrario, pájaros ornamentales, peces de acuario y pequeños roedores", apunta la Xunta.
Paralelamente se crea el registro de establecimientos distribuidores y dispensadores de medicamentos veterinarios y elaboradores de autovacunas, donde estarán inscritos, además, los almacenes de distribución al por mayor, establecimientos de venta minorista y entidades o agrupaciones ganaderas autorizadas para la venta al por menor.
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