Comisión Arbitral de Euskadi reclama a Gipuzkoa que designe a su representante antes del día 26

La Comisión Arbitral de Euskadi ha advertido a la Diputación de Gipuzkoa de que, si no designa antes del 26 de diciembre a su representante en este órgano encargado de resolver los conflictos de competencias entre instituciones vascas, seguirá adelante con sus trabajos sin su participación.

La Comisión Arbitral de Euskadi ha advertido a la Diputación de Gipuzkoa de que, si no designa antes del 26 de diciembre a su representante en este órgano encargado de resolver los conflictos de competencias entre instituciones vascas, seguirá adelante con sus trabajos sin su participación.

Este organismo, presidido por el presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, está formado por vocales nombrados por el Gobierno vasco (tres representantes) y las Diputaciones Forales, con un vocal en cada caso.

La Comisión Arbitral recuerda al Ejecutivo guipuzcoano que se han cumplido "los plazos sucesivamente conferidos" para designar a un representante, tras el cese de José Manuel Castells Arteche.

"trabajos comprometidos"

Por ese motivo, le pide que señale a otro de los vocales de la Comisión, "a efecto de que se ocupe de las obligaciones del cesado, mientras no se provea a la designación interesada, sin que hayan sido atendidos los requerimientos, a fin de que no resulten comprometidos" los trabajos que actualmente debe llevar a cabo este organismo. Entre estas tareas, se encuentra resolver los recursos contra la Ley de Cajas de Ahorros o la Ley Municipal.

En un acuerdo adoptado por unanimidad, la Comisión urge a la Diputación de Gipuzkoa a que proceda a efectuar a la designación del vocal correspondiente y su publicación oficial "de forma inmediata".

En el supuesto de que no lo hiciese antes del próximo día 26 de diciembre, la Comisión "proseguirá los trabajos en curso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de la Comisión Arbitral".

Dicho artículo indica que "cuando por causa de enfermedad, suspensión o ausencia continuada de alguno de los vocales, puedan resultar comprometidos los trabajos de la Comisión Arbitral, el presidente propondrá al Pleno la adopción de cuantas medidas sean precisas". La solución que se adopte deberá respetar, en todo caso, la regla de paridad en la composición de la Comisión.

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