Condenan a exediles de Marbella a la pena solicitada por el fiscal por dar una licencia en 1999

El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha condenado a exediles de la localidad malagueña de Marbella por un delito contra la ordenación del territorio por otorgar en una comisión de gobierno de 1999 una licencia para construir un complejo residencial en suelo clasificado como rústico. Los acusados se mostraron conforme con la pena solicitada por el fiscal, a la que han sido condenados.

El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga ha condenado a exediles de la localidad malagueña de Marbella por un delito contra la ordenación del territorio por otorgar en una comisión de gobierno de 1999 una licencia para construir un complejo residencial en suelo clasificado como rústico. Los acusados se mostraron conforme con la pena solicitada por el fiscal, a la que han sido condenados.

El juicio oral tuvo lugar el día 4 del pasado mes de octubre y en la vista oral, los acusados mostraron su conformidad con la calificación del fiscal y con la pena solicitada por éste; mientras que expresaron su oposición a la mayor pena que pedía la acusación particular, en representación del grupo socialista en el Ayuntamiento marbellí.

Según se declara aprobado en la sentencia del juzgado malagueño, a la que tuvo acceso Europa Press, siete exediles de Marbella que formaban parte de la comisión de Gobierno, entre ellos Julián Muñoz, Marisa Alcalá, Rafael González y Tomás Reñones, adoptaron en la reunión del 8 de diciembre de 1999 el acuerdo por unanimidad de conceder una licencia.

Este permiso se otorgaba a una empresa promotora para el proyecto de ejecución, primera y segunda fase, en la zona de Arroyo Guadalpín, de un complejo residencial "a sabiendas de que se trataba de suelo clasificado como rústico y de protección de cultivos especiales y monte alto", según constaba en el planeamiento vigente en ese momento.

Así, se considera que los hechos constituyen un delito contra la ordenación del territorio del que considera responsables a los exediles, al "realizar material y voluntariamente los hechos hasta llegar a su consumación", según sus manifestaciones en el juicio, donde "asumieron los hechos del fiscal y en consecuencia ser autores del delito imputado".

El foco de divergencia está entre la acusación pública y los acusados, por un lado, y la acusación particular, por otro, en cuanto a la pena a imponer a los procesados; algo que ha ocurrido también esta semana en el juicio oral, celebrado en el Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga respecto de una licencia para un proyecto básico y otro de ejecución.

En este sentido, la jueza indica en su resolución que "no encuentra fundamento jurídico alguno que obligue a imponer mayor pena", pese a lo esgrimido en sus escritos y en el juicio oral por la acusación particular, en representación del grupo municipal socialista, que, a su entender, "más bien debía haberse calificado como popular".

Al respecto, argumenta que "no le consta a ninguno de los acusados antecedentes penales en vigor", explicando que "aunque es cierto que la hoja de antecedentes se encuentran varios anotados, no existía ninguna condena firme y ejecutoria por delito de esta naturaleza en la fecha en la que se cometen los hechos", es decir, en diciembre de 1999.

Sobre la posibilidad de la existencia de una alarma social, la juzgadora señala que "quizás en el momento inicial en que se cometen los hechos, pudo ser valorada para la adopción de alguna medida cautelar", pero añade que "tampoco se justifica en el momento actual como causa de agravación de la pena", puesto que "no está prevista" entre estos motivos.

Por tanto, se condena a los acusados Julián Muñoz, Rafael González y Marisa Alcalá a un año de prisión e inhabilitación por 10 años para empleo o cargo público electivo; mientras que a Tomás Reñones, José Luis Fernández Garrosa, José Luis Troyano y Alberto García se les condena a la pena de nueve meses de cárcel y 10 años de inhabilitación.

Estas penas se corresponden con las reflejadas en el acuerdo de conformidad global alcanzado por los exconcejales marbellíes y la Fiscalía de Málaga respecto de las causas por delito urbanístico relativas a las licencias de obra. Todos estos procesados ya han cumplido penas de cárcel por este tipo delictivo.

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