El acusado de homicidio imprudente dice que el accidente se produjo porque se le cruzó un animal en la vía

El acusado dio un resultado de 97 miligramos de alcohol por decilitro de sangre La víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad
El Conductor Acusado, Momentos Antes Del Juicio
El Conductor Acusado, Momentos Antes Del Juicio
EUROPA PRESS
El Conductor Acusado, Momentos Antes Del Juicio

El acusado dio un resultado de 97 miligramos de alcohol por decilitro de sangre La víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad

El hombre acusado de un delito de homicidio imprudente por un accidente de tráfico en el que falleció su hermano ha reconocido que aquella noche había bebido "dos o tres cervezas", si bien el siniestro se produjo al intentar evitar a un animal que se le cruzó en la vía. Así lo ha declarado en el juicio que se ha celebrado en el Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo, y que ha quedado visto para sentencia.

El acusado ha manifestado que circulaba de madrugada a una velocidad de "entre 80 y 90 kilómetros por hora" entre los pueblos de Lugo de Llanera y Castañera, cuando a la salida de una curva se encontró lo que podría ser un jabalí y, sin frenar, dio "un volantazo hacia afuera", perdiendo el control del vehículo.

Durante su declaración, ha explicado que aproximadamente una hora antes fue identificado en el interior de un bar por la Guardia Civil, junto a su novia y su hermano, después de que un señor de aproximadamente setenta años importunase a la joven, de 21.

Tras abandonar el local, a bordo de un vehículo deportivo, el hombre ha apuntado que rebasó a la patrulla de la Guardia Civil, que estaba detenida en la vía, y aceleró "unos diez metros después de la señal del fin del pueblo".

Por último, a preguntas de su defensa, ha considerado que se encontraba en condiciones de conducir, puesto que de lo contrario su hermano no le habría permitido coger el vehículo.

Su entonces pareja, que ha declarado en calidad de testigo, ha dicho que a pesar de que los tres habían bebido se subió al coche tranquila y desde el asiento del copiloto no apreció ningún animal en la calzada. La joven no ha sabido calcular a qué velocidad circulaban, ni los motivos del accidente. "Todo pasó muy rápido", ha justificado.

Varios agentes han declarado que el joven presentaba ya en el 'pub' evidentes síntomas de embriaguez, tales como ojos vidriosos, habla pastosa y movimientos oscilantes, y han asegurado que una vez a bordo del vehículo "aumentó muchísimo la velocidad" al percatarse de la presencia de la patrulla.

A juicio de la Benemérita, circulaba a una velocidad "bastante superior a los 50 kilómetros por hora", a los que supuestamente estaba limitado el tramo, y la víctima, ocupante del asiento posterior izquierdo del vehículo, no llevaba puesto el cinturón de seguridad.

Ya en el turno de fijación de posiciones, la Fiscalía ha considerado acreditado que el accidente se produjo porque se hallaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y circulaba a una velocidad inadecuada para el tramo de la vía. Además, ha descartado el móvil del animal, puesto que la acompañante no lo vio. ¿

Conducción temeraria?

Por su parte, la defensa ha impugnado la prueba de alcohol practicada en el Hospital, al considerar que no fue autorizada por ningún juzgador, por lo que ha defendido que "no hay prueba de cargo suficiente que acredite el delito de conducción temeraria", que también le imputa el fiscal. "No existió porque no infringió los límites de velocidad y los síntomas de la ingesta de alcohol cambian en una hora", ha justificado.

En lo que respecta al delito de homicidio imprudente, penado con hasta cuatro años de cárcel, ha solicitado que la condena no supere los dos años para que no ingrese en prisión. "No debería ir a la cárcel porque él ya tiene su castigo y se castigaría también a sus padres, personas inocentes", ha esgrimido.

La acusación particular, que representa a los progenitores, ha mantenido la petición de un año de cárcel y que no se reduzca la responsabilidad civil solicitada, de 58.122 euros para cada uno de ellos, por los daños morales.

Los hechos

Según el relato de los hechos del Ministerio Fiscal, el accidente se produjo sobre las 04.15 horas de la madrugada del 5 de septiembre de 2009 cuando el acusado circulaba por la carretera AS-241 .

Así, en una curva a la izquierda, con la vía en buen estado de rodadura y conservación, seca y limpia, y una velocidad limitada a cincuenta kilómetros por hora, se salió de la vía colisionando con el bordillo, con dos traviesas que protegían una propiedad privada y con dos árboles, tras lo que acabó volcando.

La fiscal sostiene que el hombre circulaba "sin prestar la más mínima atención a la situación de la calzada, con sus facultades físicas y psíquicas alteradas y mermadas por la ingesta de bebidas alcohólicas y a una velocidad totalmente excesiva e inadecuada".

Como consecuencia del accidente, todos los ocupantes del vehículo resultaron lesionados y el hermano del conductor, soltero y que vivía con sus padres en Villablino, falleció.

El acusado, que carece de antecedentes penales, dio un resultado de 97 miligramos de alcohol por decilitro de sangre.

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