Susana Díaz niega "corrupción" en el caso de Aguadulce y dice que la alcaldesa recurrirá el fallo

La secretaria de Organización del PSOE de Andalucía, Susana Díaz, ha defendido este martes que la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número cuatro a la alcaldesa de Aguadulce (Sevilla), Isabel Ortiz (PSOE), por un delito contra la ordenación del territorio, "no es un caso de corrupción". Díaz ha anunciado que la alcaldesa recurrirá el fallo en cuestión, que le condena a ocho años de inhabilitación para ejercer empleo o cargo público y al pago de una multa de 4.050 euros, y ha asegurado que los socialistas cumplirán la sentencia "para bien o para mal" cuando sea firme.
Susana Díaz.
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EUROPA PRESS
Susana Díaz.

La secretaria de Organización del PSOE de Andalucía, Susana Díaz, ha defendido este martes que la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número cuatro a la alcaldesa de Aguadulce (Sevilla), Isabel Ortiz (PSOE), por un delito contra la ordenación del territorio, "no es un caso de corrupción". Díaz ha anunciado que la alcaldesa recurrirá el fallo en cuestión, que le condena a ocho años de inhabilitación para ejercer empleo o cargo público y al pago de una multa de 4.050 euros, y ha asegurado que los socialistas cumplirán la sentencia "para bien o para mal" cuando sea firme.

Durante un recorrido electoral en Mairena del Aljarafe (Sevilla), Susana Díaz ha explicado a los medios de comunicación que el caso de Isabel Ortiz, condenada por un delito contra la ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación funcionarial urbanística, "no es un caso de corrupción", pues los hechos en cuestión parten de "la ampliación de una granja de engorde de pavos" que derivó en "una infracción". "No estamos ante un caso de corrupción y, lógicamente, se recurre", ha dicho Susana Díaz en cuanto a la sentencia del Juzgado de lo Penal número cuatro.

Susana Díaz, así, ha manifestado que cuando el fallo en cuestión "sea firme", los socialistas "acataremos y cumpliremos la sentencia, para bien y para mal".

Los hechos.

Una licencia en favor de un "compañero"

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez pone de manifiesto que, en el presente caso, "el incumplimiento de la normativa urbanística resulta indiscutible", pues la alcaldesa de Aguadulce otorgó la licencia "de modo flagrante y patentemente arbitrario, con un olvido completo de la función pública urbanística y bajo un concepto mercantilista y pretendidamente social de la misma, en el mejor de los casos, que está por completo proscrito del ordenamiento urbanístico" español.

"Es patente que la concesión de la licencia está fuera de la dinámica legal y reglamentaria, y que se hace a persona vinculada de forma especial con la acusada, pues es un hecho cierto y reconocido que el beneficiario era el que poco después fue compañero de candidatura y concejal de la Corporación", prosigue la sentencia, que añade que la alcaldesa era conocedora "de estar actuando en total discordancia con la norma cuyo cumplimiento era ella la primera obligada a cumplir y hacer cumplir".

Las diligencias contra la alcaldesa se incoaron después de la querella interpuesta por la Fiscalía de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, que en el acto del juicio oral solicitó para la acusada nueve meses de prisión y ocho años de inhabilitación por un delito contra la ordenación del territorio, mientras que la acusación popular pidió un año de cárcel y diez años de inhabilitación. De su lado, la abogada de la procesada solicitó la libre absolución.

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