Tribunales- Declaran culpable de homicidio al indigente que apuñaló a otro en Candina, con atenuante de legítima defensa

Fiscalía y acusación piden nueve años y medio de cárcel y la defensa dos años y seis meses

El jurado popular ha declarado culpable de homicidio, por unanimidad, al indigente que apuñaló a otro en noviembre de 2009 en el polígono de Candina, con la concurrencia de dos atenuantes por legítima defensa y embriaguez, que podrían rebajar en uno o dos grados la pena.

De esta forma ha quedado visto para sentencia el juicio con jurado celebrado esta semana en la Sección Primera de la Audiencia Provincial, en el que el fiscal pidió para el acusado una condena por homicidio, mientras que la acusación particular pedía asesinato y la defensa homicidio imprudente con atenuantes.

Tras la lectura del veredicto, tanto el fiscal como la acusación particular, ejercida por la madre del fallecido, han solicitado que se imponga a Aleksej R. una pena de nueve años y medio. En su opinión, los atenuantes "no son de entidad" por lo que piden que se rebaje un solo grado la pena en atención a "la gravedad del hecho y el medio empleado". Por su parte, la defensa pide que se reduzca la pena en dos grados, hasta los dos años y seis meses de cárcel.

Inicialmente, el fiscal pidió 12 años; la acusación particular 17 años y seis meses; y la defensa entre 10 meses y un año y nueve meses. En cuanto a la indemnización, todas las partes han mantenido las cantidades solicitadas inicialmente a favor de la madre del fallecido: 100.000 euros la Fiscalía; 90.000 euros la acusación particular; y 10.000 euros la defensa, que basa esta petición en las "circunstancias económicas del acusado", que lleva dos años en prisión preventiva, en las atenuantes aceptadas por el jurado y en la vinculación "no acreditada" entre la víctima y su madre, que según se señaló en el juicio, mantenían contacto "esporádico".

Por otro lado, tanto la Fiscalía como la acusación particular han pedido a la jueza, María Rivas, que prorrogue la prisión preventiva de A.R. otros dos años al entender que "carece de arraigo en España y es muy posible que pueda evadirse a la acción de la Justicia". Por el contrario, la defensa ha pedido que no se prorrogue la prisión preventiva.

VEREDICTO

En su veredicto, el jurado considera probado por unanimidad que el 18 de noviembre de 2009, después de tomar varios vasos de whisky junto con otros transeúntes, A.R. y la víctima, G.F., mantuvieron una discusión, forcejearon y el fallecido golpeó al acusado en la cara; y que A.R. se dirigió a su coche y cogió un cuchillo de cocina de 20 centímetros que escondió entre sus ropas (ocho votos a favor y uno en contra).

También por unanimidad, el jurado considera probado que a pocos metros del lugar donde A.R. tenía aparcado su coche, en el que pernoctaba, se reencontraron y se produjo una discusión durante la cual G.F. golpeó con los puños en el rostro al acusado, que sacó el cuchillo que llevaba oculto entre sus ropas y le asestó un "navajazo" que le provocó la muerte.

El jurado considera que A.R. se excedió en su defensa ante el temor de ser nuevamente agredido por la víctima, al utilizar un cuchillo de grandes dimensiones. Y que el acusado tenía "sus capacidades levemente afectadas" por el consumo de alcohol. Por todo ello, le considera por unanimidad culpable de la muerte de G.F. pero no percibe alevosía en sus actos.

Por siete votos a dos, el jurado considera que no debería concederse al acusado la suspensión de la pena de prisión, y con ocho votos frente a uno, se pronuncia en contra de proponer al Gobierno el indulto total o parcial de la pena.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento