El CES considera que la supresión del impuesto de sucesiones implica "una grave discriminación fiscal"

Informa desfavorablemente el anteproyecto de ley del Gobierno y propone una alternativa
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El Consejo Económico y Social ha dictaminado desfavorablemente el anteproyecto de Ley presentado por el Gobierno de Cantabria para la supresión del impuesto de sucesiones, al considerar que dicha supresión implica "una grave discriminación fiscal" y originaría "un desigual e injusto reparto de las cargas tributarias". El dictamen cuenta con el voto particular de cinco consejeros del Grupo II (integrado por representantes de las organizaciones empresariales).

El CES defiende que, "guste o no", el impuesto sobre sucesiones es "progresivo y social", y constituye "un pilar básico de la justicia fiscal". Considera por ello que se podría reformar para adaptarlo a las nuevas realidades sociales y económicas con el objetivo de mantener su carácter redistributivo y de mantenimiento de la igualdad de oportunidades, pero de ahí a "pretender su práctica abolición dista un abismo, a la vez que supone un retroceso importante en derechos conseguidos a lo largo de los años", advierte.

En su dictamen, el CES considera que hay que seguir manteniendo los dos principios que inspiraban la anterior ordenación del tributo: la cuantía de la adquisición patrimonial y el grado de parentesco entre transmitente y adquirente. Sin embargo, acepta que podría exceptuarse del impuesto la transmisión a herederos legítimos de la vivienda familiar y la empresa familiar y propone una medida alternativa.

La alternativa del CES consistiría en el mantenimiento de los porcentajes de bonificación actuales del 99, 95 y 90% de la cuota para los supuestos en que la base imponible del heredero no superara la cifra de 175.000 euros, 250.000 o de 325.000 euros, respectivamente, si bien, aplicándose separadamente respecto de cada tramo, de forma que fuera mayor el número de ciudadanos beneficiados.

O incluso, "en aras a combatir el riesgo de fuga patrimonial invocado por los partidarios de suprimir el tributo", el CES propone el establecimiento de un nuevo porcentaje de bonificación, ya más reducido, respecto del exceso sobre el último de aquellos tramos.

IRPF

En su dictamen, el CES entiende que la supresión del impuesto de sucesiones "originará una injusta distribución de la carga fiscal", en particular respecto de quienes como resultado de su esfuerzo obtienen rentas gravables en el IRPF, sean como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Para el CES, "no parece justo" que un asalariado cántabro a partir de 53.000 euros llegue a pagar en el IRPF el 48% de la renta que, "a base de esfuerzo y en muchas ocasiones riesgo", obtenga y, sin embargo, otro no pague nada por el hecho de recibir, "sin más mérito que el haber tenido la suerte de nacer en una familia acaudalada", una importante fortuna. "No es justo, y no es positivo para la cohesión social, ni ejemplarizante para nuestra economía, el que se vulneren por esta vía los principios de mérito y capacidad", afirma.

Sobre la "fuga de patrimonios" a otras comunidades limítrofes a consecuencia de suprimirse en las mismas dicho tributo, el CES "comparte la indignación que provoca el trato discriminatorio que ocasiona el distinto régimen fiscal existente entre unas regiones y otras" y confía en que el Tribunal Constitucional lo declare contrario a la Constitución "en algún momento".

Sin embargo, considera que la solución no se encuentra en la supresión del impuesto aisladamente por cada comunidad en función de lo que haga la limítrofe, sino en la aprobación de una ley estatal que homogenice el mismo en todo el territorio español.

Por otro lado, el CES "no comprende" por qué se habría de suprimir este tributo para evitar la competencia fiscal de comunidades limítrofes y no habrían de reducirse los tipos de la escala autonómica del IRPF aplicable en Cantabria, que según asegura, es "una de las más gravosas del país" (por ejemplo, el tipo máximo es 3,10 puntos superior que en Madrid, puntualiza el CES en su dictamen).

"Importante es evitar la fuga de patrimonios, pero no menos lo es atraer la inversión de las empresas multinacionales mediante una fiscalidad favorable para sus directivos y técnicos, o, por ejemplo, que los médicos del Hospital Valdecilla, catedráticos y otros profesionales y asalariados con posibilidad de traslado no sientan nunca la tentación de cambiar de destino por una fiscalidad desfavorable", subraya el Consejo Económico y Social.

Sugerencias de redacción

En su dictamen, el CES también propone una serie de sugerencias para mejorar la redacción del texto, como por ejemplo que las referencias o remisiones a otras normas sena los más concretas y completas posibles, y que se haga mención expresa al boletín oficial en que dicha norma ha sido publicada. Asimismo, el CES advierte de la "falta de homogeneización y unificación de criterios" en la redacción del anteproyecto de ley e incluye un listado de erratas y errores de carácter formal.

El dictamen del CES cuenta con el voto particular de cinco consejeros del Grupo II, que sostienen que el texto aprobado por el Pleno del CES el 27 de septiembre, no se corresponde con el dictamen aprobado por la Sección de Economía y Desarrollo Territorial, "a cuyos términos se remiten para fijar su posición, dando opinión favorable al anteproyecto de ley" del Gobierno.

Tercer cambio en diez años

La supresión del impuesto de sucesiones supondrá el tercer cambio en la regulación de este tributo desde que a finales de 2002, el PP introdujo la supresión del impuesto (reducción del 99,9%) para las herencias de padres a hijos y entre cónyuges, que entró en vigor el 1 de enero de 2003, cuando estaba a punto de concluir la segunda legislatura de la coalición PP-PRC.

Tras seis años de práctica supresión del impuesto para los sucesores de los grupos I y II (descendientes, adoptados, cónyuge, ascendientes y adoptantes), la coalición PRC-PSOE restableció parcialmente este impuesto para sucesores de los Grupos citados que adquiriesen patrimonios superiores a 325.000 euros, y ahora el PP quiere volver al régimen vigente de 2003 a 2008, si bien esta vez no a través de una reducción de la cuota sino mediante una bonificación del 99% de ésta en caso de sucesores de los Grupos I y II.

Por otro lado, la reforma del impuesto de sucesiones y donaciones presentada por el Gobierno del PP amplia (del 95 o 98 al 99%) y flexibiliza (reduciendo de 10 a 5 años el periodo de mantenimiento de la adquisición) tanto la reducción de la base imponible en las adquisiciones mortis causa o inter vivos de empresas familiares, como la bonificación en las donaciones de dinero metálico a descendientes destinadas a la adquisición o creación de una empresa, cuya posible cuantía eleva hasta 200.000 euros con una bonificación del 100%, en determinadas circunstancias. Para el caso de donación de metálico para una empresa o negocio, la edad máxima del donatario se eleva de 35 a 36 años.

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