Cristóbal Bonilla dice que construyó por silencio administrativo y que era caseta para uso agrícola

El que fuera secretario del PSOE en Alhaurín el Grande y candidato de esta formación en las últimas elecciones municipales, Cristóbal Bonilla, ha asegurado que la construcción que proyectó, y por la que se le acusa, tenía exclusivamente finalidad relacionada con uso agrícola, y que se iniciaron las obras, tras consultar al arquitecto, atendiendo al silencio administrativo, ya que no se le había dado respuesta a su solicitud de licencia.

El que fuera secretario del PSOE en Alhaurín el Grande y candidato de esta formación en las últimas elecciones municipales, Cristóbal Bonilla, ha asegurado que la construcción que proyectó, y por la que se le acusa, tenía exclusivamente finalidad relacionada con uso agrícola, y que se iniciaron las obras, tras consultar al arquitecto, atendiendo al silencio administrativo, ya que no se le había dado respuesta a su solicitud de licencia.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga ha dejado este jueves visto para sentencia el juicio contra Bonilla, al que la Fiscalía acusa de un delito contra la ordenación del territorio, por el que solicita un año de prisión e inhabilitación por dos años, por las obras de una vivienda de 140 metros cuadrados y piscina, que promovió sin tener licencia y en suelo clasificado en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) como no urbanizable.

Bonilla ha explicado que pidió a un arquitecto que le hiciera el proyecto de una caseta agrícola y que le dijera lo que se podía construir, asegurando que sabía que era suelo no urbanizable común; pero ha recordado que en 2004 hubo un acuerdo de pleno municipal por el que se permite incluir en estas edificaciones elementos como cocinas, servicios y porche. Además, ha indicado que lo que se comenzó a excavar fue una alberca para el riego.

Ha asegurado que solicitó la licencia al Ayuntamiento, pero no se le contestó, por lo que se actuó por silencio administrativo; y ha apuntado que al recibir la primera orden de paralización, no se volvieron a realizar más actuaciones. No fue hasta 2006 cuando se le comunicó la negativa a la licencia, según ha dicho, apuntando que existen en la zona otras edificaciones similares, unas 3.000, según su defensa.

El arquitecto municipal ha indicado que la parcela mínima tiene que ser de 10.000 metros cuadrados, añadiendo que en este caso se incumple esto y la separación de linderos. Este perito y otro han coincidido en que se trabajaba con el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1994, porque no se sabía que no estaba publicado, aunque este último ha dicho que considera de aplicación las normas complementarias provinciales de 1975.

La representante del ministerio fiscal en la vista oral ha considerado acreditados los hechos por los que le acusa, en parte por la declaración del acusado, reconociendo que no tenía licencia y que era sobre suelo no urbanizable. Ha entendido que estos dos elementos hacen "el ilícito penal" y considera que no hay otra forma de reestablecer la legalidad más que la demolición de la obra, que también se solicita.

Asimismo, ha indicado que no se puede hablar de situaciones "hipotéticas o abstractas" respecto a la normativa urbanística de aplicación "ni se puede decir que como el resto de vecinos han construido, yo también". Por tanto, ha entendido que el acusado sabía que se estaba cometiendo una ilegalidad, argumento con el que no se ha mostrado de acuerdo la defensa de Bonilla, quien ha considerado que se parte de "una tesis equivocada".

El letrado ha incidido en que es un "error" considerar que si no hay licencia hay ilícito penal y que en suelo no urbanizable común no se puede construir. Ha señalado que su cliente presentó "un proyecto ajustado a un acuerdo de pleno" y acudió a un arquitecto "para hacer ese proyecto básico, que tiene visado, "entendiendo que era legal". Ha añadido que se trata de una cuestión que se podía haber resuelto por la vía administrativa y "no se puede criminalizar".

Así, ha indicado que según un plano topográfico la parcela tiene más de 10.000 metros cuadros. Sobre la condición del suelo, ha dicho que según la normativa complementaria, la construcción es "legalizable", y que tanto esta parcela como las colindantes están dotadas de servicios urbanísticos que recoge la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), ya que tiene accesos rodados, suministro eléctrico en baja y agua.

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