Vallés-Bajo Llobregat, Barcelona y Palma solicitan una prórroga a la CE al superar los niveles de NO2

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) ha recibido una solicitud de prórroga en relación con las superaciones de dióxido de nitrógeno (NO2), tal como establece la Directiva comunitaria de calidad del aire, por parte de Palma, y las áreas de Barcelona y Vallés-Bajo Llobregat, según ha informado este departamento, que añade que el plazo concluía el 30 de septiembre.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) ha recibido una solicitud de prórroga en relación con las superaciones de dióxido de nitrógeno (NO2), tal como establece la Directiva comunitaria de calidad del aire, por parte de Palma, y las áreas de Barcelona y Vallés-Bajo Llobregat, según ha informado este departamento, que añade que el plazo concluía el 30 de septiembre.

Así, fuentes del MARM han señalado a Europa Press que, hasta la fecha final del plazo, estas son las áreas de comunidades autónomas y entidades locales que han presentado esta solicitud de prórroga que ahora el Gobierno remitirá a la Comisión Europea para que ésta estudie si concede o no dicha ampliación del plazo para cumplir con los niveles establecidos por la Directiva Comunitaria de calidad del aire.

A partir de ahora, la Comisión Europea tendrá nueve meses para resolver las prórrogas desde que reciban la información completa y oficial.

Respecto al Ayuntamiento de Madrid, que había anunciado que presentaría una solicitud de prórroga, desde Medio Ambiente apuntan que no se ha recibido petición por parte del municipio hasta el momento.

Concretamente, para el NO2 y de acuerdo con el artículo 22 de la Directiva 2008/50/CE, cuando, en una zona o aglomeración determinada, no puedan respetarse sus valores límite en los plazos fijados (1 de enero de 2010), el Estado Miembro podrá prorrogar esos plazos por un máximo de cinco años (hasta el 1 de enero de 2015) para esa zona o aglomeración concreta, con la condición de que se haya establecido un plan de calidad del aire que demostrará que van a respetarse los valores límite antes del final de la prórroga.

En todo caso, Medio Ambiente recuerda que la prórroga no es una obligación sino una "posibilidad" de la Directiva (y, por tanto del Real Decreto 102/2011 que la transpone) para la cual deben demostrarse las dificultades en el cumplimiento de los valores límite y que se ha adoptado previamente un plan de calidad del aire tendente a lograr dicho cumplimiento.

Concretamente, en 2010 Madrid superó el valor límite horario de NO2, y las zonas con superaciones del valor límite anual, mientras que el valor límite anual de este contaminante fue superado también por Madrid, pero además por Granada y su área metropolitana; Palma de Mallorca; Área de Barcelona; Vallés-Bajo Llobregat; Valencia-L'Horta; Madrid-Corredor del Henares; Madrid-Urbana Sur; y Bajo-Nervión.

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