Ayuntamiento recurre la sentencia que declara improcedente el despido de un trabajador del Festival

Caneda dice que "es una obligación" combatir contra el criterio "de obligatoriedad en la readmisión" de un empleado
Damián Caneda
Damián Caneda
EUROPA PRESS
Damián Caneda

El Ayuntamiento de Málaga recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social número 5 de Málaga que ha declarado improcedente el despido del que fuera coordinador general del Festival de Málaga.Cine Español, José Antonio Luque, por lo que se condena a la empresa a "readmitir al demandante en el mismo puesto que venía desempeñando hasta la fecha del despido y con las mismas condiciones".

En este sentido, el concejal de Cultura y Deporte, Damián Caneda ha asegurado que la sentencia, en el caso del coordinador general, José Antonio Luque, tiene dos partes: la primera de ellas se trata de que es un despido "improcedente", aunque, no obstante, la misma "admite que este señor sin ser su cometido y sin tener autorización para ello falta a la confianza de muchas de las maneras y una de ellas es poniéndose él mismo un complemento mensual de 1.250 euros", aunque la resolución "da la razón a que no se le puede despedir".

En la sentencia se recoge que "desde hace dos años viene percibiendo un importe de 1.250 euros mensuales en concepto de comisión de servicio, por su propia decisión y sin que tal complemento haya sido autorizado por la gerencia, al margen de que el mismo no está estipulado en el convenio".

Además, se indica que el citado emolumento se percibe desde 2009. La razón dada es, según la sentencia, que "hacen más horas, luego tampoco pueden reprochar al actor el percibo del mismo, cuando, además no tiene capacidad decisoria para fijar su propia retribución".

Caneda ha explicado, en declaraciones a Europa Press, que "el daño general se admite" aunque "es obvio y público que el Festival ha pasado unas deficiencias por culpa de la gestión de un grupo de señores", ha afirmado el edil, al tiempo que ha añadido que aunque la sentencia dice que es un despido improcedente "no estamos de acuerdo y lo recurriremos".

Es más, Caneda se ha centrado en el hecho de que "se obligue" a poner una cláusula para no despedir a los empleados, explicando, en este sentido, que "el mismo gerente negocia con los sindicatos y ponen una cláusula donde dice que no se puede despedir al personal". Al respecto, ha afirmado: "es lo que yo considero un escándalo público y una injusticia social, que hay que luchar, hay que recurrir y hay que lograr una sentencia de un juez".

"Recurriré hasta el Constitucional si es preciso porque son gente que han entrado a dedo; sin ningún concurso, ni de mérito ni de publicidad; sin ninguna preparación; que entran enchufados por amistad y que luego ellos se ponen una cláusula diciendo que no se les puede despedir", ha apostillado el responsable municipal de Cultura y Deporte.

A juicio de Caneda, "un juez que avale esta cláusula en un convenio me parece que no es lógico y por eso pienso que vamos a recurrir todas las veces que hagan falta". Así, ha indicado que la cláusula que se han puesto las empresas "va contra cualquier principio de igualdad, de mérito y de capacidad".

Ha relatado que "es escandaloso que cualquiera que llegue por aquí, cualquier político o sindicato meta a alguien y le esté regalando el costo que significa una persona a 30 años sin ser necesario, simplemente porque le cae bien". "Cada gracia de esta puede costarle al erario público unos dos o 2,5 millones", ha señalado.

"Creo que es una obligación como representante de los ciudadanos combatir contra este criterio de obligatoriedad en la readmisión de un trabajador: haga falta o no lo haga, tenga la titulación adecuada o no la tenga y no habiendo entrado por un concurso abierto público donde el mérito y la capacidad sean los que han hecho que entre, sino simplemente la amistad o el colegueo", ha manifestado.

En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se indica que el despido se considera improcedente y que en el presente caso "estamos ante una sociedad municipal con personalidad jurídica propia y que se rige por la ley de sociedades anónimas, por lo que no cabe distinguir entre personal fijo e indefinido, procediendo conforme al convenio la readmisión, en las mismas condiciones".

Por último, Caneda ha señalado, en relación con la cláusula que esta empresa, y que otras se han puesto por "imitación"; que tienen que "quitársela": "no puede ser que alguien que llegue por allí de pronto contrate y le diga 'te regalo esto' y como es este caso que, además, no tiene la preparación ni la formación adecuada y se le nombra coordinador general por amistad y ahí se queda para toda la vida y eso no puede ser", ha concluido.

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