Condenados los empresarios del Nuevo Pepita Aurora a pagar un recargo en las pensiones de las viudas

El juzgado de lo Social número 3 de Cádiz ha condenado a los empresarios del "Nuevo Pepita Aurora" a pagar, a cuatro de las viudas de los marineros que fallecieron en el naufragio de la embarcación el 5 de septiembre de 2007, el 50 por ciento del importe de todas las prestaciones de la Seguridad Social originadas, al entender que el siniestro se produjo debido a dos "negligencias graves" del empresario.

El juzgado de lo Social número 3 de Cádiz ha condenado a los empresarios del "Nuevo Pepita Aurora" a pagar, a cuatro de las viudas de los marineros que fallecieron en el naufragio de la embarcación el 5 de septiembre de 2007, el 50 por ciento del importe de todas las prestaciones de la Seguridad Social originadas, al entender que el siniestro se produjo debido a dos "negligencias graves" del empresario.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado estima la solicitud de las cuatro viudas de revocar la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social y se declare la existencia de falta de medidas de seguridad para recibir el recargo del 50 por ciento en sus pensiones.

La sentencia se basa en los resultados de un informe elaborado por la Comisión Permanente de Investigaciones de Siniestros Marítimos del Ministerio de Fomento, que concluye que el buque tuvo "dificultades de navegación", ya que no evacuaba el agua que se iba acumulando sobre la cubierta, por lo que comenzó a realizar maniobras de cambio de rumbo para procurar su desalojo, intentos que resultaron infructuosos porque las falucheras había sido cegadas casi por completo, por la disposición de las artes de pesca y por sobrecarga en el buque, entre otras razones.

Por consiguiente, considera que se produjo una infracción en materia de seguridad e higiene y que existe culpa 'in vigilando' del empresario.

Asimismo, considera la sentencia que el naufragio de la embarcación se produjo por dos causas, ambas "negligencias graves" del empresario: una mala disposición de los elementos que conformaban la embarcación, concretamente el exceso de carga (agua dulce y red de pesca) y la mala distribución de ésta, y el cegamiento permanente de una de las falucheras y la obstrucción parcial de otras.

Por tanto, concluye que el incremento de la inestabilidad de la embarcación era "notoria" y se tradujo en el naufragio, lo que excluye la fuerza mayor que alega el empresario, sobre las adversas condiciones meteorológicas, ya que en la zona había otras embarcaciones que acudieron en auxilio de la embarcación siniestrada y no sufrieron daño alguno.

La sentencia no imputa negligencia alguna en la falta de funcionamiento de las balsas salvavidas, porque se debió a un "defectuoso" diseño de las mismas, según el informe pericial de la Comisión del Ministerio de Fomento.

La responsabilidad, por tanto, la atribuye el juez tan solo al empresario y excluye de la misma al socio capitalista, José Vega Reyes, así como a José Vega Camacho, patrón y propietario del buque, porque la responsabilidad ha de atribuirse "tan sólo al empresario".

El juez pide finalmente que se deduzca testimonio de la declaración de un perito propuesto por la parte demandada y que, según el juez, aportó "datos ficticios" en el juicio, lo que pudiera constituir "un delito contra la administración de justicia".

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El 5 de septiembre de 2007, el pesquero barbateño 'Nuevo Pepita Aurora' naufragó cuando regresaba de faenar en aguas de Larache (Marruecos) con una tripulación de 16 personas. Ocho de los componentes de la dotación que prestaban servicios en el barco fallecieron, mientras que los supervivientes fueron rescatados por embarcaciones pesqueras cercanas.

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