Un jurado enjuiciará en la Audiencia Provincial al único acusado del crimen del Camino de Purchil

Un jurado popular se encargará de enjuiciar en la Audiencia Provincial de Granada al único imputado y detenido por el doble crimen que tuvo lugar en el Camino de Purchil, en Granada capital, en la noche entre el 1 y el 2 de abril de 2009. El acusado no es considerado como el presunto autor de los asesinatos de los dos jóvenes de etnia gitana cuyos cadáveres fueron encontrados en una ladera maniatados y con la cara tapada sino el presunto "cómplice" o "encubridor" de los verdaderamente culpables, que no han sido localizados.

Un jurado popular se encargará de enjuiciar en la Audiencia Provincial de Granada al único imputado y detenido por el doble crimen que tuvo lugar en el Camino de Purchil, en Granada capital, en la noche entre el 1 y el 2 de abril de 2009. El acusado no es considerado como el presunto autor de los asesinatos de los dos jóvenes de etnia gitana cuyos cadáveres fueron encontrados en una ladera maniatados y con la cara tapada sino el presunto "cómplice" o "encubridor" de los verdaderamente culpables, que no han sido localizados.

Según han informado a Europa Press fuentes del caso, el juzgado encargado de la investigación, el de Instrucción número 5 de Granada, ha accedido a la petición de la familia de unas de las víctimas, que solicitó que el procedimiento no se tramitara como ordinario, sino por la Ley del Jurado, que contempla la posibilidad de un tribunal popular para el caso de los cómplices de homicidio.

Según consta en el auto de procesamiento, al que ha tenido acceso Europa Press, el inculpado, de iniciales R.C.C., y las dos víctimas, J.F.C. y M.F.A. contactaron con anterioridad a aquella fecha con personas de identidad y nacionalidad "no determinadas" para concertar la compra de una determinada cantidad de cocaína.

Presuntamente, los tres acordaron el robo de la sustancia estupefaciente a esas personas, que tuvieron conocimiento de tales intenciones. No consta, según el magistrado Josep Sola Fayet, que el acusado decidiera continuar con el robo, y es posible que fuera él el que comunicara a aquellos individuos esas intenciones.

Así, en la noche del 1 al 2 de abril de 2009 las personas no identificadas antes referidas se encontraron en el Camino de Purchil con J.F.C. y M.F.A., que fueron "atados con bridas de plástico y tapada su cara con cinta adhesiva americana" y recibieron un disparo en la cabeza para ser después empujados a un talud del camino. Sus cuerpos fueron además espolvoreados con cocaína.

Supuestamente, R.C.C. "auxilió" al autor o autores materiales del crimen, transportándolos en el vehículo que conducía hasta el Camino de Purchil o después del asesinato. Por ello, el juez concluye que los hechos revisten "por ahora y salvo ulterior calificación" dos delitos de asesinato, de los que el único procesado será "cómplice" o "cuando menos encubridor", según consta en el auto, de fecha 16 de febrero de 2011.

El magistrado instructor entiende que, practicada la declaración de los testigos, "concurren indicios fundados de participación del imputado", como que la localización geográfica de las llamadas de su teléfono móvil lo sitúan en las inmediaciones del Camino de Purchil en la hora de los hechos, o que fueron hallados en el vehículo que conducía restos de ADN de coincidentes con las muestras encontradas en las cintas americanas recogidas en el lugar, lo que "evidencia indiciariamente que la persona que estuvo allí fue transportada por él o que éste se encontraría en el lugar de los hechos cuando menos".

Por ello, lo declara como procesado como presunto autor de dos delitos de asesinato como cómplice o encubridor, y acuerda imponerle una fianza de 120.000 euros para asegurar las responsabilidades civiles que puedan imponérsele.

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